La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Penal que condenó a diez meses de prisión a un hombre que agredió a la mujer con la que convivía porque no le gustó el desayuno que esta le había preparado.

La sentencia apoya la decisión que tomó el Juzgado, que en su día declaró probados los hechos. La agresión ocurrió el 2 de abril de 2014, sobre las seis de la mañana, en la vivienda que ambos compartían ubicada en una pedanía de Murcia.

La mujer se había levantado antes para prepararle el desayuno, pero como no resultó del agrado del acusado, este la emprendió a golpes con ella, a consecuencia de lo cual la mujer sufrió lesiones que tardaron en curar siete días; tal y como refleja la sentencia.

A pesar de las lesiones y de la denuncia inicial, la mujer se retractó de la denuncia en la vista oral y aseguró que las lesiones las había sufrido mientras corría por el campo. Para llegar a su sentencia condenatoria el juzgado contó con el testimonio de la hermana de la denunciante, a la que esta explicó lo que había ocurrido y que pudo comprobar las lesiones que presentaba. También se contó con el testimonio de una vecina del inmueble, que dio aviso a la Policía al escuchar los gritos y ruidos, así como con el parte médico.

El fallo, ahora confirmado por la Audiencia Provincial de Murcia, acordó deducir testimonio contra ella porque, en el acto de la vista oral, se retractó del contenido de su denuncia.

Al desestimar el recurso presentado por el condenado, la Audiencia dice que al juicio fueron aportadas pruebas suficientes de la autoría de los hechos, a pesar de que la mujer se retractara.

Además, añade la sala, en la vivienda solo vivía la pareja, ya que a lo largo de la instrucción del caso ni tampoco durante la vista oral "nadie manifestó nada en el sentido de que allí residiera una tercera persona".

Para el tribunal, se trata de un delito de malos tratos que refleja una dominación machista y de menosprecio hacia la mujer.