La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) no ha admitido el recurso que presentó la Demarcación de Costas del Estado para defender unas especies protegidas en una roturación de tierras por no haberlo presentado el jefe de la Abogacía del Estado. La sentencia señala que el citado organismo presentó el recurso para pedir que fuese anulada la resolución de la administración regional que autorizó a una agrupación agrícola las obras a realizar en el término municipal de Mazarrón para la instalación de unos invernaderos.

Para el demandante, los trabajos afectaban a la zona de servidumbre de protección de Costas y solicitaba que fuesen desautorizados porque la roturación afectaba a especies que gozan de protección.

En concreto, exponía que de permitirse las obras se verían afectadas especies de flora protegida como la 'Periploca angustifolia', que está considerada como vulnerable, y el 'Lycium intricatum', que goza de interés especial.

Así mismo, conllevarían la destrucción de formaciones vegetales consideradas de interés comunitario, como matorrales arborescenes de 'Ziziphus lotus', matorrales halófilos, tomillares ricos en endemismos o matorrales halonitrófilos.

El TSJ no ha admitido el recurso porque, señala, la normativa en vigor exige que en estos casos, el mismo debe ser presentado por el abogado del Estado jefe, lo que no ha ocurrido. Y añade que la Abogacía del Estado ya conocía esa exigencia a partir del momento en que se dio contestación a su demanda.