El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) deberá pagar una pensión de orfandad a las tres hijas de un trabajador pese a que éste, cuando ocurrió su fallecimiento, no se encontrara en la situación de alta.

Así se dispone en una sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia, que estima el recurso presentado por la viuda y revoca la dictada por un Juzgado que rechazó su demanda y absolvió al INSS.

Señala la sentencia, que producido el fallecimiento, en enero de 2014, la viuda presentó la reclamación de la pensión de orfandad en nombre de sus tres hijas, que fue rechazada por no estar el causante cuando murió en alta o situación asimilada a la de alta y no haber completado el periodo mínimo de cotización exigido para causar el derecho a la misma.

La sentencia que ahora se revoca rechazó la demanda al considerar ajustada a Derecho la resolución administrativa, por lo que la madre de las chicas presentó un recurso ante la Sala de lo Social, que ha sido estimado.

Dice el TSJ que "al estar inscrito como demandante de empleo al momento del hecho causante, debe considerarse cumplido el requisito de estar en situación asimilada al alta.

Y añade que si en algunos periodos de la vida laboral del causante este no mantuviera su demanda de empleo, "ello pudo obedecer a diferentes razones, como son las de haber encontrado colocación, sin que la empresa procediera a formalizar el alta, o porque sus dolencias físicas no le permitieran trabajar".

La sentencia señala igualmente que puede considerarse que el padre se encontraba en una situación similar a la de alta, y añade que tras la reforma que entró en vigor en 2007 no se exige un periodo mínimo de cotización para que surja el citado derecho.

Por todo ello, el TSJ condena al INSS a pagar a las tres hijas una pensión por una cuantía equivalente al 20 por ciento de la base reguladora.

Ese derecho producirá sus efectos desde el día siguiente al fallecimiento del causante hasta que aquellas cumplan 21 años de edad.