El Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) ha dicho en un dictamen que la Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma debe afrontar los daños producidos en un camión al que cayó la rama de un árbol cuando circulaba por una carretera de Barranda (Caravaca de la Cruz).

En su demanda, el conductor del vehículo reclamó una indemnización de 15.120 euros, pero el informe del CJRM limita la cantidad a 5.270 euros al considerar que aquel reclamó por un concepto para el que no estaba legitimado.

La reclamación exponía que el percance se produjo en diciembre de 2013, cuando la rama de un árbol que crecía junto al arcén cayó encima del camión, causándole desperfectos cuya reparación costó 5.270 euros.

Además, reclamó otros 9.850 euros por los días en que el vehículo no pudo ser utilizado al estar en el taller donde fue reparado.

El instructor del expediente incoado en la Consejería propuso la desestimación del recurso al considerar que la caída de la rama se produjo de forma súbita a consecuencia de fuerte viento que se registró en la zona el día del suceso.

El dictamen, por el contrario, señala que se trata de un caso de responsabilidad patrimonial, ya que el árbol se encontraba en la zona de dominio público de la carretera e inclinado hacia la misma, lo que suponía un riesgo para la circulación que la administración debió evitar.

Al considerar que no debe indemnizarse por los días en que el camión estuvo en el taller, este órgano consultivo dice que llega a esa conclusión porque la legitimada para reclamar por ese concepto es la cooperativa propietaria del mismo.