La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de Instrucción de Molina de Segura que, en febrero de 2014, absolvió a un hombre y a una mujer que estaban acusados de insultar y amenazar a un inquilina para que abandonara la vivienda.

El Juzgado declaró que no había quedado probado que la acusada insultara a la inquilina en febrero de ese año.

Así mismo, declaró que tampoco quedó demostrado que el segundo acusado la llamara el mismo día con la misma finalidad de presionarla para que dejara la vivienda alquilada.

Ahora, la Audiencia Provincial de Murcia, al desestimar el recurso que presentó la denunciante, dice que lo hace porque "no se advierte desacierto valorativo alguno en la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción".

Y añade que "la propia apelante mostró dudas sobre la autoría de la sugestión intimidatoria, formuló declaraciones contradictorias y no aportó prueba alguna de los hechos que denunció".