La Oficina del Defensor del Pueblo alerta de que el Memorándum del Tajo-Segura (que regula las normas del trasvase entre ambas cuencas) debería haberse sometido a un proceso de participación pública, al ser un acuerdo entre varias comunidades autónomas que afecta a los recursos hídricos y «debe ser accesible a quienes lo soliciten»; además, critica que no haya sido sometido a un informe de impacto ambiental.

En respuesta a la queja planteada por la Red Ciudadana por una Nueva Cultura del Agua en el Tajo/Tejo y sus Ríos, el Defensor, oficina que dirige Soledad Becerril, destaca que el Memorándum es un acuerdo que afecta a los recursos hídricos y «debe ser accesible» a quienes lo soliciten. Asimismo, señala que no establece reglas concretas susceptibles de participación y evaluación ambiental, pero la tramitación de las actuaciones que se proponga y que finalmente se acometa, deben ajustarse a los procedimientos de participación y evaluación.

«Tampoco cabe incorporar automáticamente a normas con rango de ley los contenidos pactados, salvo en los supuestos en que exista reserva material de ley o si se dan los requisitos del Tribunal Constitucional para la adopción de leyes singulares», y al Defensor no le parece que las reglas del trasvase «cumplan estos requisitos».

Otro punto criticado por la oficina de Becerril se refiere a la falta «injustificada» de evaluación ambiental de las reglas del Trasvases, destacando que «no se explica cómo se ha calculado» la cantidad a trasvasar «ni si se ha evaluado el impacto». Así, considera que si el Plan Hidrológico Nacional, cuya disposición adicional tercera se modifica por la Ley de Evaluación Ambiental para definir las aguas excendentarias, se sometió a evaluación ambiental «también deben serlo sus modificaciones». E insiste en que sin este trámite «no es posible determinar si son sostenibles».