No ha demostrado el suficiente grado de integración en la sociedad ya que se le vincula a una asociación que persigue la instauración en Marruecos de un régimen regido por la ley islámica. Ése es el argumento que ha esgrimido el Tribunal Supremo para apoyar la denegación de la nacionalidad española a Bahhane K., un ciudadano marroquí residente en el barrio cartagenero de Los Dolores.

Así lo recoge una sentencia hecha pública este martes, en la que el alto tribunal ha rechazado el recurso del árabe contra una resolución del ministerio de Justicia, que se basó en informes del ministerio de Defensa y de la dirección general de la Policía y la Guardia Civil en los que se le relacionaba, junto a su mujer, con movimientos radicales. La decisión también fue avalada por la Audiencia Nacional en su momento.

Así, Defensa aseguraba que el magrebí es miembro de la junta directiva de la Comunidad Islámica Ashorouk en Los Dolores, que según datos policiales está vinculada «al movimiento islámico 'Justicia y Caridad', cuyo objetivo fundamental es la instauración en Marruecos de un régimen islámico regido únicamente por la ley islámica». El informe además señalaba que «la expansión de su mensaje entre el colectivo musulmán residente en España supone un riesgo de radicalización de esta comunidad y dificulta la integración de los musulmanes en la sociedad española».

La resolución advertía que la integración social no deriva exclusivamente del nivel de conocimiento del idioma sino de «la armonización del régimen de vida del solicitante con los principios y valores sociales».

El Supremo considera que tanto la decisión de Justicia como la resolución de la Audiencia Nacional fueron razonables y no aprecia arbitrariedad. Agrega que no se cuestiona el derecho a la libertad ideológica o de expresión y asociación y sí la integración del solicitante en la sociedad que es indispensable para obtener la nacionalidad, según el alto tribunal.

En su recurso, Bahhane negó pertenecer al movimiento islámico 'Justicia y Caridad', siendo un miembro de la comunidad islámica Ashorouk como vocal en Los Dolores. Alegó que dicha entidad es de carácter religioso totalmente legal y que la asociación para el diálogo y la participación (ONDA), a la que también pertenece y que según las autoridades es una asociación pantalla de 'Justicia y Caridad', es «una asociación cultural también completamente legal».

Asimismo, el demandante recordó el conjunto de circunstancias que concurre en el caso, como el arraigo familiar y laboral, así como cumplimiento de las obligaciones fiscales y con la seguridad Social. También alegó que quedó probada suficientemente su adaptación a la vida y costumbres de la sociedad, invocando el derecho de igualdad de la Constitución española.

Esta Redacción intentó ayer, sin éxito, contactar con el demandante, aunque fuentes consultadas señalaron que, pese a que tiene familiares residiendo aún en el barrio cartagenero de Los Dolores, él se encontraba en Valencia una temporada, por razones que no quisieron precisar a esta Redacción, aunque su intención es regresar a la ciudad portuaria.