Ya es oficial: esta es la multa por tener una "mascota prohibida" por la nueva Ley de Bienestar Animal

Hámsteres, tortugas y otras mascotas comunes quedarán prohibidas tras la aprobación de la Ley de Bienestar Animal

El Anteproyecto de la Ley Protección y Derechos de los Animales, más conocida como "Ley de Bienestar Animal" dice que se considerará una infracción "en materia de protección y derecho de los animales, toda acción u omisión contraria a lo establecido" en el propio texto.

Una de las partes que más ha llamado la atención de esta Ley es la lista de mascotas que estarán prohibidas desde que se apruebe, o mejor la lista de animales de compañía que sí se pueden tener como mascotas: este "listado positivo de animales de compañía" que todavía está en elaboración, prohibirá tener cualquier especie que se encuentre fuera de él.

El artículo 47 del Anteproyecto de Ley determina que "queda prohibida la tenencia, reproducción, comercio, transporte, venta, oferta con fines de venta, intercambio o donación e importación o exportación como animal de compañía de los ejemplares de las especies no incluidas en el Listado".

Por tanto, tener cualquier animal que no esté en la lista de animales permitidos como mascotas se considerará una infracción. Las infracciones que infrinjan las normas de esta ley estarán sancionadas con distintos tipos de multas.

¿Qué animales no se pueden tener como mascotas según la nueva Ley?

No se podrán tener los animales que no estén incluidos en la lista de animales permitidos: así de sencillo. Dentro de unas semanas, el Gobierno hará público el documento con todas las mascotas permitidas en España y las que no estén en él quedarán directamente prohibidas.

Para elaborar este listado, se tendrán en cuenta algunos requisitos: que no suponga un riesgo para las personas, que pueda vivir en cautividad sin sufrir, que sus necesidades sean sencillas de atender y que no pueda convertirse en una especie invasora.

Según estos criterios, algunas de las mascotas más comunes que quedarían prohibidas serían los hámsteres, las cobayas, los ratones, los conejos, las tortugas, los periquitos, los agapornis, las chinchillas, los geckos, los camaleones, las iguanas, serpientes o arañas.

El motivo de esta polémica medida es evitar que las especies invasoras alteren nuestro ecosistema autóctono: "No se incluirán en el listado positivo de animales de compañía especies para las que exista certeza de su carácter invasor o que, en caso de escape y ausencia de control, supongan o puedan suponer un riesgo grave para la conservación de la biodiversidad".

¿Cuál es la multa por tener una mascota prohibida?

El Anteproyecto de Ley de Bienestar Animal contempla tres tipos de infracciones: las leves, las graves y las muy graves. Tener animales de compañía prohibidos, en principio, se interpretaría como una infracción leve, ya que es una conducta que conlleva la "inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones [...] que no estén incluidas como infracciones graves o muy graves.

Ahora bien, si "tener" animales prohibidos se podría considerar infracción leve, "criar" animales prohibidos (concretamente, especies que no sean autóctonas) sería algo bien distinto: "Criar animales silvestres alóctonos, así como comerciar con ellos, excepto en los casos previstos en esta ley" está considerado, por el momento, como una infracción muy grave.

Por tanto, "tener" una mascota prohibida podría conllevar una multa de entre 600 y 30.000€, mientras que "criar" una especie no autóctona, podría conllevar multas de entre 30.001 y 100.000€.