Estos días hemos conocido cómo algunas comunidades autónomas de España han comenzado a elaborar normativas y protocolos para la protección de los animales en casos de emergencia. 

Aunque la necesidad de este tipo de protocolos ha sido evidente durante la erupción del volcán de la isla de La Palma, la realización de dichos planes de emergencia nace del anteproyecto de ley nacional para la protección animal que, durante estos meses, se encuentra pasando los trámites legales por si algún día ve la luz. 

Dicho anteproyecto recoge en su artículo 26 la obligatoriedad de que las comunidades autónomas incluyan instrucciones relativas a cómo evacuar a los animales ante una emergencia.  

Estos planes, según establece dicho anteproyecto, deben incluir información del número de animales a evacuar y de la relación de lugares donde se puede depositar a los mismos. 

Además, debe contener un listado con un grupo de veterinarios que participe en todo el proceso, también con la descripción de los vehículos en los que se va a realizar el transporte de estos hasta un lugar seguro, información de cómo se va a llevar a cabo la manutención de los mismos e, incluso, establece la obligatoriedad de que las personas que se evacúen y tengan animales sean realojadas temporalmente junto a los mismos. Pero hay más: dicho anteproyecto nacional no contempla la aplicación de todas esas normas solo para casos excepcionales de emergencia, sino que también quiere que existan protocolos autonómicos por si, llegado el caso, hay que rescatar, por ejemplo, a animales marinos varados, algo muy usual en los sitios costeros.

Desde luego, para alguien que, como yo, por falta de medios y ante casos de emergencia se ha visto obligado a evacuar un delfín varado en el interior del maletero de un vehículo ranchera o a un toro en una pequeña furgoneta, sin duda, se trata de una buena noticia siempre y cuando, eso sí, luego se aplique. Y eso todavía está por ver.