El Tribunal Supremo en la reciente sentencia 186/2020 de 20 de mayo de 2020 viene a disipar las controversias interpretativas en cuanto a la aplicación del artículo 337.1 (tipo básico) y 337.4 (tipo leve) en lo que respecta a la gravedad de las lesiones causadas al animal, que suponen el elemento diferenciador entre uno y otro apartados del artículo 337 CP.

La sentencia interpreta el delito de maltrato a los animales de forma similar a su equivalente del delito de lesiones a las personas (artículo 147 CP), entendiendo que la modalidad básica contenida en el artículo 337.1 precisa para su apreciación el tratamiento médico o quirúrgico necesarios para que el animal alcance su curación, más allá de una primera asistencia veterinaria. Si las lesiones conllevan la pérdida de un sentido, órgano o miembro principal, nos encontraríamos ante el supuesto del artículo 337.2 CP que determina la imposición de la pena en su mitad superior.

De este modo, la sentencia del TS considera que todo aquello que no tenga encaje en el tipo básico, es decir, que el animal no precise un tratamiento médico o quirúrgico o no sufra un menoscabo para su salud (secuelas, aceleración de procesos degenerativos, etc.), queda abarcado por el artículo 337.4 CP que no exige la producción de lesión.

De igual forma, considera que la acción típica del delito previsto en el citado artículo es maltratar cruelmente, lo que incluye tanto las conductas activas como los comportamientos que por acción u omisión sean susceptibles de dañar la salud del animal. Dichas acciones u omisiones pueden ejecutarse tanto con carácter habitual como de forma aislada. Esta interpretación abre la puerta a sancionar penalmente conductas de maltrato que en ocasiones quedaban relegadas al ámbito administrativo sancionador.

La sentencia no sólo resulta fundamental en cuanto a establecer un criterio interpretativo claro del delito de maltrato a los animales, sino que la concreción de dicha interpretación desde la perspectiva del delito de lesiones implica una mayor concienciación de la necesaria protección penal que debemos brindar a los animales.