El día 18 de octubre entró en vigor la Ley 10/2019 de protección civil y gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la que por primera vez se contempla la obligación de proteger a los animales en los Planes Territoriales de Emergencias.

Los animales están presentes en la respuesta inmediata a las emergencias, donde se pretende garantizar que reciban asistencia tras una situación de emergencia, incluyendo su rescate y protección, asistencia sanitaria y refugio. También están presentes en las medidas de prevención de riesgos como los planes de protección civil.

Concretamente, se indica que los planes de protección civil deberán contener programas de información y comunicación preventiva y de alerta que permita a la ciudadanía adoptar las medidas oportunas para la salvaguarda de personas, animales y bienes, facilitar en todo cuanto sea posible la rápida actuación de los servicios de intervención, y restablecer la normalidad rápidamente después de cualquier emergencia (art. 15). Por tanto, la protección de los Planes de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura se extiende también a los animales en caso de emergencia.

Igualmente, la Ley establece un catálogo de infracciones (muy graves, graves y leves) según el riesgo y peligrosidad que comporten para la seguridad de las personas, animales o los bienes, encontrándose prevista la posibilidad de adoptar medidas cautelares en los procedimientos sancionadores para la de las personas, animales, bienes, establecimientos o instalaciones que se encuentren amenazados, a cargo de sus titulares.

Sin duda, esta Ley supone una respuesta a las peticiones que realizamos desde hace años para la protección de los animales en casos de emergencia o catástrofe que esperemos que se extienda al resto del territorio y se cumpla de forma efectiva.