El 30 de junio de 2018 se publicó en el BOE el Real Decreto 699/2018 de 29 de junio, por el que se declara Área Marina Protegida el corredor de migración de cetáceos del Mediterráneo, se aprueba un régimen de protección preventiva y se propone su inclusión en la Lista de Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM).

La declaración de la zona marina ´Corredor de migración de cetáceos del Mediterráneo´ significa reconocer la necesidad de proteger esta zona por concentrar gran diversidad de especies de cetáceos y por ser de especial relevancia como zona de paso migratorio hacia sus áreas de cría y alimentación en el norte del Mediterráneo. La zona se extiende desde el Cabo de Creus en Gerona hasta el Cabo de la Nao en Alicante, paralelo a las costas de Ibiza, Mallorca y Menorca. El objetivo es proteger a los cetáceos y tortugas marinas de los efectos asociados al ruido submarino en la zona de paso migratorio hacia sus áreas de cría y alimentación.

Debe tenerse en cuenta que la contaminación acústica submarina pone en riesgo la supervivencia de las poblaciones de fauna marina. Para garantizar dicha protección, se ha aprobado la aplicación de un régimen de protección preventiva, que supone la prohibición de uso de sistemas activos de investigación geológica subterránea (sondas, aire comprimido o explosiones controladas) y actividades extractivas de hidrocarburos. Igualmente se prevé la aplicación de un régimen sancionador en el supuesto de que se produzcan infracciones. Se incluyen, también, todas las especies de cetáceos y tortugas marinas del corredor.

Esta declaración supone reconocer la importancia de trabajar en la conservación y salvaguarda de estas especies y su hábitat y dotarlas de especial protección.