Tribunales

Suspenden de funciones tres meses a una enfermera que se negó a ayudar en un parto en Murcia

La profesional no quiso ayudar a la pediatra, una vez que el bebé ya había nacido, alegando que no era matrona

Imagen de archivo de un parto

Imagen de archivo de un parto / Adobe Stock.

EFE

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSRJM) ha desestimado el recurso presentado por la enfermera de un hospital contra la sanción de suspensión de funciones durante tres meses que le fue impuesta por negarse a ayudar en un parto.

La sentencia del TSJRM, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el juzgado de lo Contencioso de Murcia al que correspondió su demanda rebajó la duración de la sanción de los doce meses fijados por el Servicio Murciano de Salud (SMS) a tres.

Esa resolución fue recurrida por la enfermera, que pidió se anulara la sanción, y, también, por el SMS, que solicitó que se mantuvieran los doce meses tras señalar que la conducta de aquella había causado daños al interés público, pero el TSJRM ha desestimado ambas apelaciones.

Recoge la Sala que al presentarse un parto y no contar el hospital en ese momento con una matrona de guardia, el supervisor de Enfermería pidió en dos ocasiones a la demandante, una vez ya el bebé fuera del seno materno, que ayudara a la pediatra que había asistido al mismo.

En ambas ocasiones se negó a ello alegando que no era matrona y que, por tanto, no podía ser obligada a desarrollar funciones propias de esa profesión.

Al desestimar su recurso, la Sala dice que su superior jerárquico no le encomendó que ejerciera funciones propias de las matronas, sino que ayudara a la pediatra, a lo que se opuso.

Y añade que se trataba de un caso urgente y excepcional, ante el cual no cabe escudarse en el enfrentamiento que existía con la dirección del hospital por falta de matronas.

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