Multa de más de 30.000 euros a una ETT de Murcia por ofrecer el servicio de obreros sin permiso de trabajo

Imagen de archivo de un grupo de obreros

Imagen de archivo de un grupo de obreros / EPE

EFE

Un juzgado de lo Social de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) contra la resolución de la Delegación del Gobierno que le impuso tres sanciones por un total de 30.300 euros por ofrecer los servicios de otros tantos obreros extranjeros que carecían de permiso de trabajo.

La sentencia considera probado que durante la visita de inspección a una finca ubicada en Molina de Segura, en la que los tres trabajadores -dos marroquíes y otro de Costa de Marfil- los funcionarios actuantes pudieron comprobar que carecían de la debida autorización administrativa.

Los inspectores observaron que se dedicaban a la recogida de naranjas, sin que la ETT sancionada pudiera acreditar que se encontraban en regla.

En su recurso contra las multas impuestas por la Delegación del Gobierno, que no ha prosperado, la sancionada negó todo vínculo con esos obreros alegado que podían pertenecer a otras empresas que también operaban en la finca.

El juzgado declara que su sentencia no es firme, ya que puede ser recurrida en suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región.

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