El Servicio Murciano de Salud (SMS) y la compañía de seguros Aig Europe han sido condenados por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) a indemnizar con diez mil euros a una paciente que fue sometida a una operación de reducción mamaria por el deficiente seguimiento que se hizo de la necrosis que sufrió.
La sentencia señala que esa suma trata de reparar el daño moral sufrido por la demandante por la falta de identificación puntual de esa complicación, derivada de la intervención quirúrgica a la que se había sometido en una clínica de Cartagena (Murcia) en marzo de 2017.
Dice la Sala que la estimación del recurso, en el que aquella reclamó 94.300 euros, debe ser parcial, al no haberse acreditado la existencia de una mala práctica médica y porque, de hecho, el riesgo de sufrir aquella complicación estaba recogido en el consentimiento informado.
Añade la sentencia que el riesgo de la necrosis en la zona intervenida es inherente a ese tipo de cirugía, como se acreditó durante el desarrollo del proceso judicial.
Lo que se indemniza, recalca la Sala, es el hecho de que se emitió un diagnóstico erróneo sobre el estado de la zona afectada y se le dio el alta “sin más prescripción”, en referencia a que el cirujano que la intervino, cuando revisó la herida, aseguró que la evolución era buena, pese a dejar constancia de que había una “zona de sufrimiento” en un pezón.
Concluye la sentencia que el seguimiento que se hizo durante el postoperatorio fue deficiente, lo que causó el lógico sufrimiento a la enferma, que debió soportar que durante un tiempo no encontrara una solución médica adecuada al problema surgido ni amparo ante esa complicación.