El Servicio Murciano de Salud (SMS) deberá indemnizar con 208.000 euros al esposo y a la hija de una paciente que por una mala práctica médica falleció al introducirse aire en una vena durante la operación de nefrolitotomía percutánea que le fue practicada en un hospital de Murcia.

La sentencia estima así el recurso presentado por ambos familiares y condena al citado organismo a afrontar el pago de esa indemnización, junto con las costas del proceso judicial.

En su demanda, el esposo y la hija de la fallecida expusieron que hubo una mala actuación médica que derivó en el fallecimiento de su ser querido al introducirse aire por la vena, lo que produjo un embolismo vascular aéreo con tan fatal resultado.

La Sala de lo Contencioso, al estimar el recurso, comenta que está probado que el óbito se produjo cuando el urólogo que intervenía en la operación inyectó aire por el catéter, "resultando incomprensible cómo pudo pasar desde la vía urinaria al torrente sanguíneo".

Y añade que como ello no tiene explicación hay que pensar en que hubo una mala práctica médica, ya que de haberse actuado correctamente aquel contratiempo no se habría producido.

Concluye la sentencia que, por otro lado, la administración no ha demostrado que los servicios médicos actuaron correctamente, por lo que el fallecimiento de la enferma supone un caso de responsabilidad patrimonial que el SMS debe asumir.