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Violencia sexual

Seis años de cárcel por violar a una mujer tras una cena de amigos en su piso de Cartagena

Se aprovechó de su vulnerabilidad porque se quedó dormida en el sofá tras beber demasiado alcohol: entonces la llevó a su cuarto y la agredió sexualmente

Manifestación del 25N celebrada el pasado año en Cartagena

Manifestación del 25N celebrada el pasado año en Cartagena / IVAN URQUIZAR

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Ana Lucas

Ana Lucas

Un hombre ha sido condenado a pasar media docena de años entre rejas por violar a una mujer tras una cena de amigos que organizó en su piso de Cartagena.

El episodio tuvo lugar en enero de 2021, una noche que el sujeto organizó en su casa una cena con amigos, cena a la que asistió esta mujer. Tal y como se lee en el relato de hechos probados de la sentencia, a la que ha tenido acceso La Opinión, la víctima bebió y se quedó dormida en el sofá. Cuando se marcharon todos los invitados (o se fueron a dormir a otros cuartos), el anfitrión, "aprovechando que la joven estaba adormilada y sin capacidad de reacción por el consumo de alcohol, la llevó a su habitación y, con ánimo de satisfacer sus impulsos sexuales y sin contar con su consentimiento, le quitó los pantalones y las bragas y la penetró vaginalmente".

La víctima primero acudió al Santa Lucía y a continuación denunció lo sucedido en la Comisaría de Policía Nacional de Cartagena.

El procesado defendió que iban ebrios los dos y que, aunque no recordaba qué pasó, hubo consentimiento

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial, con sede en Cartagena, condenó a este agresor sexual (que nació en Colombia hace 46 años y es vecino de la ciudad portuaria) por un delito de abuso sexual con penetración a seis años de cárcel y a indemnizar a su víctima (a la que no podrá aproximarse durante un lustro) con 10.000 euros, más intereses.

La resolución apuntó que la pena privativa de libertad sería conmutada por la expulsión de España cuando el individuo (en situación irregular en el país) "alcance el cumplimiento de las dos terceras partes de la pena o acceda al tercer grado o a la libertad condicional".

Recurre la sentencia ante el TSJ

El sujeto recurrió la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia. Apeló a la presunción de inocencia y remarcó que no había pruebas en su contra. Además, afirmó que aquella noche iba muy bebido. Y pidió su absolución.

Al rechazar su recurso, el TSJ remarca que está acreditado el ataque sexual. "No se aprecian en la denuncia formulada y declaraciones prestadas por la mujer motivos espurios, dado que la denunciante inicialmente ni siquiera sabía quién había realizado el acto sexual, verbalizando primeramente que pudiera haber sido otra persona, concluyendo definitivamente que tuvo que ser el acusado, pues se despertó en la cama de su habitación y este mismo comentó con otra persona que había mantenido relación sexual con la víctima", destaca el documento judicial.

"Por tanto, no se aprecia por esta sala la concurrencia de animadversión en la actuación de la testigo, que manifestó que apenas conocía al acusado. La sala se muestra conforme con las conclusiones alcanzadas por el tribunal a quo sobre la ausencia de una motivación espuria en la actuación de la afirmada víctima, quien inicialmente no atribuyó al hombre el hecho objeto de este procedimiento, y solo lo hizo tras la asistencia al hospital en busca de ayuda por parte de la denunciante, donde le informaron de la necesidad de interponer denuncia", resalta el tribunal.

Asimismo, el TSJ subraya que "respecto a la versión del acusado sobre lo acontecido, básicamente, que estaban muy bebidos, ebrios, los dos, y que no recordaba lo que pasó aquella noche (que hubo el acto de penetración, pero ella accedió), para el tribunal de instancia no es acreditativa del consentimiento prestado por la denunciante para la realización del acto sexual".

"Los criterios expuestos por el tribunal de instancia merecen su refrendo. La argumentación que expone el tribunal a quo sobre la relevancia incriminatoria que otorga al testimonio de la víctima, junto al resto del cuadro probatorio analizado, se ajustan a las máximas de la experiencia y a las reglas de la lógica", apostilla la sala.

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