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Tribunales

Diez años de prisión por agredir a su esposa tras pedirle el divorcio en Puerto Lumberas

El condenado golpeó y asfixió a su mujer y después se autolesionó con un cuchillo en la vivienda familiar

Facada de la Audiencia Provincial de Murcia

Facada de la Audiencia Provincial de Murcia / L.O.

EFE

La Audiencia Provincial de Murcia, con el respaldo del fiscal, ha desestimado el recurso presentado por un vecino de Puerto Lumbreras contra la sentencia del juzgado de lo Penal de Lorca que en abril pasado lo condenó a diez meses de prisión por agredir a su esposa, tras lo cual se autolesionó con un cuchillo.

La sentencia de la Audiencia, señala que el juzgado declaró probado que los hechos se produjeron en la vivienda familiar, en el transcurso de la discusión mantenida entre ellos cuando el acusado le pidió el Libro de Familia porque quería solicitar el divorcio.

En el transcurso de esa discusión, le dio un golpe en la cara y la agarró con fuerza, tapándole nariz y boca y causándole lesiones que tardaron en curar seis días.

La Audiencia Provincial rechaza sustituir la pena por trabajos comunitarios y mantiene la orden de alejamiento

La sentencia añadía que al llegar su suegra, que había sido llamada por su mujer, el acusado entró en la cocina y se autolesionó con el cuchillo con el que momentos antes se había mostrado ante ambas.

En su recurso, el condenado alegó que lo procedente habría sido condenarle no a una pena de cárcel, sino a trabajos comunitarios, ya que añadió que no se trataba de un caso de dominación machista, sino de otro cuyo trasfondo era la petición de divorcio.

La Sala respalda la opción elegida por el juzgado de lo Penal al preferir la pena de prisión dada la gravedad de los hechos y que llegó a coger un cuchillo de cocina y comenzó a autolesionarse.

La sentencia del juzgado, que ahora se confirma, lo condenó como autor de un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género y le impuso también una orden de alejamiento de 300 metros de la denunciante por tiempo de dos años y el pago de 270 euros de indemnización por las heridas que produjo a su cónyuge.

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