Tribunales
Abusa sexualmente de la nieta de su hermano al menos tres veces cuando iba a su casa de Murcia a ayudar en la mudanza
El procesado, murciano de 69 años, que admite en el juicio la agresión a la menor, es condenado a dos años de cárcel y no entra en el penal

Exterior del Palacio de Justicia, sede de la Audiencia Provincial de Murcia. / A.L.H.
Un sujeto, murciano de 69 años, ha sido condenado a dos años de cárcel y diez más de libertad vigilada por agredir sexualmente varias veces a la nieta de su hermano, una menor de edad, aprovechando que iba a su casa para ayudar en la mudanza. Ha de indemnizar a su víctima con 5.000 euros, que ya le ha entregado.
El asunto se saldó con una conformidad, en virtud de la cual el individuo reconocía los hechos ante el tribunal y la vista se resolvía rápidamente. La defensa del encausado interesó que se le concediese el beneficio de la suspensión de la pena privativa de libertad, algo a lo que no se opuso ni el Ministerio Público ni el abogado de la víctima.
Al procesado, debido a la "inexistencia de antecedentes penales, el total abono de la responsabilidad civil, no siendo la pena superior a dos años de privación de libertad y habiendo informado el Ministerio Fiscal favorable a la suspensión de la pena de prisión, a petición de la defensa", se le concede el beneficio de la suspensión de la pena privativa de libertad durante cuatro años, con la condición de que no delinca durante ese tiempo y asista a un curso de educación sexual.
Los hechos tuvieron lugar en septiembre de 2022. Tal y como se lee en el relato de hechos probados de la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, el individuo sometía a la pequeña a "roces en los pechos, tocamientos en las nalgas y zona genital por encima de la ropa".
Con la excusa de leerle
"Estos episodios se producían cuando la niña estaba en su habitación, que era la zona del comedor, con la excusa de acercarse y leerle a la menor, que a veces se hacía la dormida ante la situación de bloqueo, aprovechándose de la situación de parentesco" que les unía.
Además de los dos años de prisión, la sentencia incluye una orden de alejamiento de su víctima durante una docena de años y la inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión o actividad (sea o no retribuida) que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad por el mismo tiempo: doce años.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial, al dictar su resolución, pone el acento en que "la causa ha sufrido un retraso en su tramitación no compatible con la complejidad de esta e independiente de la voluntad del acusado que ha determinado que unos hechos ocurridos y denunciados en septiembre de 2022 hayan terminado enjuiciándose en 2025".
La sentencia se dictó de viva voz y se declaró firme.
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