Tribunales
Pegan una paliza a un hombre que les pidió que dejasen de meterse con su hijo con discapacidad en Molina de Segura
Los dos agresores son condenados ocho años después de emprenderla a patadas y puñetazos contra su víctima en un parque del municipio: uno de ellos le dio un navajazo en la cara

Un agente de la Policía Nacional, en una imagen de archivo. / L. o.
Dos individuos han sido condenados por pegar una paliza a un hombre que les pidió que dejasen de meterse con su hijo, el cual cuenta con una discapacidad psíquica. Los dos agresores tienen sentencia ocho años después de emprenderla a patadas y puñetazos contra su víctima en un parque de Molina de Segura. Uno de los condenados tiene ahora 48 años; el otro, 51.
Tal y como se lee en la resolución del Juzgado de lo penal Nº 2 de Murcia, los hechos tuvieron lugar el Día del Trabajo del año 2017, cuando el atacado fue al jardín en cuestión a buscar a los dos sujetos que, le constaba, habían estado increpando a su vástago, el cual había sido declarado incapaz debido a su discapacidad.
Los dos atacantes, entonces, "con ánimo de menoscabar su integridad física, se abalanzaron sobre el padre, propinándole varios puñetazos, haciéndolo caer al suelo, donde siguieron golpeándolo con patadas y puñetazos en el rostro. Al querer levantarse del suelo, uno de los acusados, con un instrumento cortante, presumiblemente una navaja tipo mariposa o similar, le hizo un corte en la mejilla izquierda al hombre".
El afectado fue atendido, el día de la agresión, en el Hospital de Molina. Al día siguiente, denunció a sus atacantes. Horas después, estaban detenidos.
"Reacción colérica"
El Juzgado condenó a uno de los procesados (el que usó la navaja) a dos años de cárcel, mientras que al otro le impuso un año y ocho meses de prisión. Uno de ellos recurrió la resolución ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia; el segundo se adhirió al recurso.
Alegó el primero, por ejemplo, que es drogadicto y pidió que tal condición se considerase atenuante, lo cual considera la Audiencia. El otro dijo que golpeó al hombre, pero en defensa propia, porque él le habría pegado primero un pisotón.
Sobre eso, la Audiencia detalla en su resolución que "el perjudicado fue a pedir explicaciones de lo sucedido con su hijo, lo que motivó la reacción colérica de los acusados. No existe prueba alguna de que el perjudicado diera un pisotón previo a uno de ellos que fuera el inicio de la disputa". Y añade que "efectivamente en su parte de lesiones que obra en las actuaciones, posterior a la detención, emitido a las 20.36 horas del día 2 de mayo, consta la existencia de un traumatismo en el primer dedo del pie izquierdo, sin que esta Sala pueda atribuir la relación de causalidad pretendida entre una supuesta agresión cometida el día anterior y esa lesión, pudiendo haber sido causada por cualquier motivo, incluso como consecuencia de la detención".
El tribunal, de esta manera, rebaja la pena de uno de los agresores (el que había sido condenado a un año y ocho meses, el adicto a los estupefacientes) y la deja en 15 días de multa con cuota diaria de tres euros. Al de los dos años de cárcel le mantiene la condena.
Ambos han de indemnizar a su víctima con 1.100 euros por las lesiones y el que le acuchilló en la cara tendrá que darle, además, 1.497,48 por la secuela de perjuicio estético que le quedó.
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