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Tribunales

El TSJ confirma la condena del vecino de Totana que ofreció dinero a tres niñas de 12 a 14 años a cambio de "su virginidad"

El procesado, que ahora tiene 59 años, estuvo años acosando a las pequeñas: a dos de ellas las llevó a su casa de campo de Lébor Alto, con la excusa de ir a ver unos cachorros, y ahí les propuso "hacer un trío"

Mujeres participan en una movilización contra la violencia hacia la infancia.

Mujeres participan en una movilización contra la violencia hacia la infancia. / L. O.

Ana Lucas

Ana Lucas

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha confirmado la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial que condenó a penas que sumaban 12 años y medio de cárcel a un sujeto por corrupción de menores: ofrecía dinero a tres niñas de 12 a 14 años de Totana a cambio de que le diesen, según les decía, "su virginidad".

Tal y como se lee en el relato de hechos probados de la sentencia, a la que ha tenido acceso La Opinión, el individuo, que ahora tiene 59 años, se ganó la confianza de las chiquillas a fuerza de obsequiarlas "con helados, meriendas y dinero en efectivo, que ellas aceptaban, dado que pertenecían a familias en una situación social y económica difícil". De esa vulnerabilidad se aprovechaba el vecino, que "era especialmente espléndido con una de las niñas, a la que daba dinero cada vez que esta se lo pedía, llegando a regalarle, por su 14 cumpleaños, un teléfono móvil".

"A partir del verano de 2017, cuando él contaba con 50 años, les propuso a las menores, conociendo la edad de las tres, mantener relaciones sexuales con él a cambio de la entrega de dinero, requerimiento que realizó a dos de ellas en una ocasión, y de forma reiterada a la tercera, pese a la constante negativa de las menores", especifica la resolución del tribunal.

Las víctimas, ya mayores de edad, sufrieron daño psicológico y decidieron no personarse como acusación particular, dado que su deseo era olvidarse del asunto

Ese estío fue cuando llevó a dos de las pequeñas a su casa de campo, en la población de Lébor Alto, con la excusa de ir a ver unos cachorros de perro, y ahí les propuso "hacer un trío". Si aceptaban, insistió, daría mil euros a una de ellas y 500 a la otra. Las menores se negaron.

Tocamientos en el coche

Un año después, cuando las menores (una de 12 años y otra de 14) estaban en un parque, el encausado se les acercó y les ofreció 500 euros a cada una si accedía a entregarle "su virginidad". Las víctimas, una vez más, se negaron y se marcharon corriendo.

Consciente de que eran niñas especialmente vulnerables, para seguir viéndolas las invitaba a comer. Una vez iba con dos de ellas en su coche y, en un momento dado, aminoró la marcha y comenzó a verbalizar obscenidades (que la sentencia detalla y este diario omite deliberadamente, por su crudeza) y a pedirles tener sexo, hasta el punto que llegó a efectuar tocamientos a una de las pequeñas.

"Me da igual si gritas"

El último ataque que refleja la resolución judicial aconteció el año antes de la pandemia de coronavirus, cuando el procesado se cruzó con una de las niñas en la vía pública, la agarró del brazo y, según relataría luego la víctima, le soltó: "Si hubiera ido con el coche me habría dado igual si gritabas, te hubiera metido en el coche y te hubiera llevado para mi campo".

La Audiencia condenó a este hombre por tres delitos de corrupción de menores y un delito de abuso sexual, y le impuso una multa de 900 euros por un delito leve de amenazas.

Según informaron fuentes judiciales cuando la Audiencia dictó sentencia, cuando salga de prisión, el individuo pasará siete años en régimen de libertad vigilada.

"La sentencia impone, además, las penas accesorias de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio con contacto regular y directo con menores por un periodo de diecisiete años y seis meses, así como la prohibición de aproximarse a las víctimas a menos de 300 metros durante diez años y la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Además, deberá abonar las costas procesales y hacer frente a la indemnización a las víctimas por el daño moral causado, cuyo importe se determinará en ejecución de sentencia", destacaron desde la Justicia regional.

"Mismo modus operandi"

El procesado recurrió la sentencia ante el TSJ. Alegó que se le condenó solo por la declaración de las menores, cuya veracidad él cuestiona. La resolución judicial, no osbtante, valoa los tres testimonios "en la medida en que presentan lógica y coherencia, tanto valorados cada uno separadamente como (y esto es especialmente revelador) si se les analiza conjuntamente, lo que permite evidenciar un mismo modus operandi del acusado,consistente en dar u ofrecer dinero a las entonces menores si perdían con él la virginidad; en invitarlas a comer o cenar; en regalar un móvil a una de ellas al cumplir los 14 años; y, en fin, en reiterar en diversas ocasiones y circunstancias a dichas menores sus demandas de actos de contenido sexual a cambio de aquellos favores".

Se trata de "ocasiones sobre las que los relatos de las menores ofrecen un coincidente, rico, muy detallado y perfectamente contextualizado testimonio". Además, el tribunal también tiene en cuenta "las huellas psicopatológicas apreciadas en las tres denunciantes tras los hechos, de las que dan cuenta los partes médicos e informes periciales aportados al plenario, revelando la situación de estrés que mostró una de ellas, los deseos exteriorizados por otra de que quería olvidar los hechos sucedidos y el tratamiento psicológico que siguió la tercera, que presentó rasgos de vergüenza y culpabilidad".

Las víctimas, mayores de edad cuando salió el juicio, decidieron no personarse como acusación particular, dado que su deseo, coincidieron, era olvidarse del asunto.

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