Violencia sexual
Un juzgado de Murcia investiga una decena de agresiones sexuales de un niño a su hermanastro pequeño
El órgano dio carpetazo al caso al ser el menor inimputable, pero la Audiencia quiere escuchar a la víctima, por si relata episodios posteriores a cuando el acusado cumplió 14 años

Ciudad de la Justicia de Murcia, donde se ubican los juzgados. / Juan Carlos Caval
Un Juzgado de Menores de Murcia investiga si un niño, que ahora tiene 9 años, fue víctima de una decena de agresiones sexuales por parte de su hermanastro, también de corta edad. Tanto, que el órgano judicial amagó con dar carpetazo a la causa porque los hechos a investigar se habrían producido antes de que el acusado tuviese 14 años, la edad penal mínima.
Los hechos que se investigan habrían tenido lugar en verano de hace dos años. Fue la madre del pequeño la que denunció lo sucedido, después de que su hijo le comunicase qué le había pasado. La mujer aseguró que su hijo, que entonces tenía 7 años, los fines de semana alternos que pasaba en la vivienda donde también estaba el hermano mayor era objeto de abusos por parte de este niño, de 13 años en ese momento. Tal y como refirió el menor a su progenitora, las agresiones sexuales se producían cuando su hermanastro y él «jugaban a superhéroes». El afectado manifestó que «lo habría hecho al menos diez veces».
El pequeño relató a su madre que los ataques tenían lugar cuando jugaban "a superhéroes"
Tras la denuncia de la madre, se abrió la causa judicial. Se puso sobre la mesa la opción de que el afectado, para evitar una revictimización, declarase mediante una prueba preconstituida. Se trata de una diligencia realizada antes del juicio en sí, que se incorpora luego al mismo y tiene la misma validez. Se lleva a cabo a menudo con víctimas menores o vulnerables.
Sin embargo, al ser el sospechoso de las agresiones un niño tan pequeño, el Juzgado de Menores Nº 2 de Murcia dictó un auto, en junio de 2025, en el que determinaba que «no ha lugar a la práctica de la declaración de la testifical del menor de 9 años como prueba preconstituida, por considerarla innecesaria en tanto que de lo actuado no resultan suficientes indicios de criminalidad de que los hechos delictivos objeto del presente procedimiento se cometieran habiendo cumplido el menor investigado la edad de 14 años, lo que con la prueba preconstituida que se pretende no va a cambiar».
La madre de la víctima recurrió ante la Audiencia Provincial, cuya Sección Segunda ya se ha pronunciado. La Fiscalía se adhirió al recurso de la mujer y solicitó la revocación de la resolución.
Recurso estimado
Al estimar el recurso, el tribunal recalca que «no es posible descartar la posibilidad de que alguno de los episodios se pudiera haber producido» después de que el presunto agresor cumpliese los 14. De ahí la importancia de contar con la testifical del perjudicado.
«La Sala no coincide con las apreciaciones de la jueza que decidió privar absolutamente de relevancia al resultado de la prueba antes de haberse practicado y sin conocer sus vicisitudes», subraya el auto de la Audiencia, que revoca la resolución del Juzgado de Menores y obliga a efectuar la prueba preconstitutida.
Cabe recordar que en España, con el actual Código Penal vigente, las personas menores de 14 años no pueden ser detenidas ni investigadas, sea cual sea el hecho que se les impute.
No obstante, fuentes policiales y judiciales apuntan que, si se demuestra que estos niños son autores de un delito, «hay una responsabilidad civil por parte de los padres y la custodia sobre los niños puede ser retirada vía judicial en caso de no haber una educación ni autoridad sobre el menor».
Es lo que pasó en el caso del que se hizo eco este diario el verano pasado: un niño de 12 años de edad agredió sexualmente a otro de 5 en un municipio de la Comarca Oriental de la Región. La víctima tenía un trastorno del espectro autista (TEA). Un juzgado condenó a los padres del menor a abonar 25.000 euros a la víctima, pues el agresor era inimputable.
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