Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Tribunales

Seis años de cárcel por agredir sexualmente a un menor con discapacidad en Cartagena

El agresor contactó con la víctima a través de una página de contactos para adultos en 2018

Exterior del Palacio de Justicia, sede de la Audiencia Provincial de Murcia.

Exterior del Palacio de Justicia, sede de la Audiencia Provincial de Murcia. / A. L. H.

EFE

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre contra la sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial, con sede en Cartagena, que lo condenó a seis años de cárcel y cinco de libertad vigilada por agredir sexualmente a un menor.

La sentencia confirma en su integridad la resolución recurrida, que le impuso también una orden de alejamiento de 500 metros durante doce años y el pago de una indemnización de diez mil euros a la víctima por daños morales.

El relato de hechos probados recogido en la sentencia de la Audiencia declaró probado que los mismos se produjeron en el verano de 2018, poco después de que ambos se hubieran conocido a través de una página de contactos para adultos.

En fecha situada hacia mediados de julio de aquel año, y de acuerdo con la cita que habían acordado, el acusado recogió al menor en las inmediaciones de la vivienda donde este pasaba el verano y lo trasladó a su domicilio, en cuyo garaje se cometió la agresión sexual.

La sentencia que ahora se confirma recogió así mismo que el menor tenía reconocida una discapacidad del 33 por ciento, ”lo que alteraba significativamente su capacidad de juicio, si bien aquella no era evidente para el acusado durante el desarrollo de los hechos”.

En su recurso ante el TSJRM el condenado alegó que era inocente y añadió que caso de ser hallado culpable se le aplicara la atenuante tenida en cuenta por la Audiencia Provincial, pero como muy cualificada.

Al desestimar el recurso, la Sala de lo Civil y Penal declara que los hechos quedaron debidamente probados en el juicio y añade que el menor, desde las primeras diligencias mantuvo un relato coherente y detallado de lo ocurrido, sin que se adviertan en el mismo móviles espurios.

Y añade que los hechos fueron descubiertos por sus padres, que al observar que estaba nervioso y que su comportamiento había cambiado le pidieron el móvil y comprobaron que el mismo almacenaba imágenes y vídeos de contenido sexual.

Tracking Pixel Contents