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Violencia sexual

Viola en Cartagena a su sobrina con un 75% de discapacidad intelectual y se libra de prisión

El procesado, que ahora tiene 48 años, admitió lo que hizo y pactó una pena de dos años y medio de cárcel, que se le sustituye por la expulsión de España durante una década

Manifestación para clamar contra la violencia machista y sexual.

Manifestación para clamar contra la violencia machista y sexual. / Israel Sánchez

Ana Lucas

Ana Lucas

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial, con sede en Cartagena, ha condenado a un hombre que reconoció que violó a su sobrina, que tiene un 75% de discapacidad intelectual.

El procesado, que ahora tiene 48 años, admitió lo que hizo y pactó una pena de dos años y medio de cárcel, que se le sustituye por la expulsión de España durante una década.

Tal y como se lee en el relato de hechos probados de la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, los hechos tuvieron lugar en mayo de 2021, en la población cartagenera de Los Dolores, donde vive la víctima (una mujer que ahora tiene 35 años y en el momento del ataque tenía 31) junto a sus padres. El padre es el hermano del agresor.

Tras una comida familiar

Aquel día de primavera, el individuo "fue invitado por los padres de la víctima a pasar el día en el domicilio" y "después de comer, aprovechando que su hermano estaba durmiendo en el sofá y su cuñada en la terraza y que su sobrina estaba en su habitación sola, fue a la misma, echó a la mujer sobre la cama, sin su consentimiento y, valiéndose de su vulnerabilidad derivada de la discapacidad que padece, la penetró vaginalmente".

El tribunal subraya que "si el penado incumpliera esta condición, se procedería a la ejecución de la pena privativa de libertad"

A la hora de dictar sentencia, el tribunal tiene en cuenta que "el procedimiento ha estado paralizado durante más de un año por causas no imputables al acusado".

Además de los dos años y medio de cárcel, el agresor sexual es condenado a pasar una década en régimen de libertad vigilada y a indemnizar a su víctima con mil euros. Tiene prohibido acercarse a ella durante doce años y medio.

"Se acuerda la sustitución de la pena de prisión por expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada en territorio nacional durante diez años", remarca la Audiencia, que deja claro que "si el penado incumpliera esta condición, se procedería a la ejecución de la pena privativa de libertad". Esto es, que entraría en la cárcel.

La sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso.

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