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Tribunales

Multa para dos mujeres que se enzarzaron en una salvaje pelea por un hombre en Cartagena

El varón, policía jubilado, estaba delante mientras su ex, de 59, y su actual pareja, de 54, se tiraban al suelo, clavaban las uñas, mordían y arañaban en la cara en una calle del centro de la ciudad portuaria

Un agente de la Policía Nacional, en una imagen de archivo.

Un agente de la Policía Nacional, en una imagen de archivo. / CNP

Ana Lucas

Ana Lucas

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la pena de multa para dos mujeres que se enzarzaron en una salvaje pelea por un hombre en Cartagena.

Los hechos tuvieron lugar en mayo de 2022. El varón, que es agente de la Policía Local jubilado y ahora tiene 64 años, estaba delante mientras su ex, de 59, y su actual novia, de 54, se tiraban al suelo, clavaban las uñas, mordían y arañaban en la cara en una calle del centro de la ciudad portuaria.

Un juzgado de lo Penal de la ciudad condenó también al hombre a 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, pero la Audiencia, en una sentencia de la que es ponente el juez Juan del Olmo, estima que no queda probada su participación en la riña y lo absuelve.

El citado juzgado condenó a la ex como autora responsable de un delito leve de lesiones a de 30 días de multa con cuota diaria de 6 euros, y a la novia por otro delito de lesiones leves a un mes de multa con cuota diaria de 6 euros. Estas penas son confirmadas por la Audiencia Provincial.

El relato de hechos probados modificado por este tribunal precisa que la actual pareja se cruzó con la exesposa del varón en la vía pública. Y comenzó una discusión en la cual las mujeres "se agarraron mutuamente, cayendo ambas al suelo, cogiendo una fuertemente del pelo a la otra, clavándole las uñas en el cuero cabelludo y propinándole un mordisco en el brazo, mientras ella arañaba a su oponente en la cara lateral derecha del cuello y en la región submandibular derecha".

"No ha quedado debidamente acreditado que el hombre agarrase a su ex y la arrojase al suelo, ni que posteriormente la golpease con sus manos", apostilla la Audiencia.

"Chula" y "puta"

En su declaración, la ex dijo que todo empezó porque la actual pareja la llamó chula y el hombre le echó en cara que le puso los cuernos, y la calificó de "puta". También contó que en otras ocasiones había denunciado al acusado por malos tratos, pero que siempre retiró la denuncia. Admitió que tiró del pelo a la novia de su exmarido y que le mordió en un brazo.

La novia, por su parte, testificó que la ex la tiene "acosada" y que ya la denunció por eso, pero "no le hicieron caso". Afirma que fue la ex quien la insultó y la tiró al suelo. Y apunta que su compañero sentimenal se quedó "bloqueado".

"Se bloqueó"

En cuanto al hombre, relató que es agente de la Policía Local, ya jubilado, y que cobra una pensión de 2.000 euros, la cual, según sus palabras, su exesposa quiere "quitarle". Subrayó que, cuando pasó la pelea entre las dos mujeres, no llamó a la Policía porque, tal y como dice su novia, se bloqueó.

"Examinadas las declaraciones de las partes en profundidad, deben de ser examinadas con sumo cuidado, por cuanto existe vínculo afectivo entre el acusado y una de las mujeres, y mantienen unas pésimas relaciones con la otra, lo que implica en ambos casos que en ninguna de las partes puede ser imparcial en el relato de los hechos, lo cual supone una dificultad adicional para tener porrelatados los hechos probados, si no es por aquellos puntos en los cuales los acusados coinciden, y la existencia de los respectivos partes de lesiones que corroboran la existencia de una agresión mutua en toda regla", concreta el tribunal.

En este sentido, "en esta tesitura, ante la debilidad acreditativa puesta de manifiesto, surge en la Sala una duda racional sobre la real y efectiva intervención del hombre en los hechos enjuiciados, lo que en aplicación del principio in dubio pro reo, debe llevar a un pronunciamiento absolutorio con relación al mismo", destaca la Audiencia, para revocar la resolución del Juzgado de lo Penal Nº 2 de Cartagena y absolver al varón.

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