Tribunales
Condenado a 3 años y 364 días de cárcel por violar a una mujer inconsciente y ebria en las fiestas de Cehegín
El hombre, de 44 años, conocía a su víctima porque fueron vecinos en Calasparra: coincidieron en los festejos patronales, fueron a beber a un parque y aprovechó que ella perdió el sentido para agredirla sexualmente

Un agente de la Policía Local de Cehegín, en un parque de la localidad, en una foto de archivo. / Policía Local
Tres años y 364 días de cárcel. Es la pena impuesta por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia a un individuo que admitió en sede judicial haber agredido sexualmente a una mujer con la que coincidió en las fiestas de Cehegín del año 2021.
Tal y como se lee en el relato de hechos probados, víctima y agresor, que se conocían de antes por haber sido vecinos en Calasparra, coincidieron en los festejos patronales de Cehegín y decidieron ir juntos a un parque a consumir bebidas alcohólicas.
La despertó la Policía
En un banco del jardín en cuestión, la mujer se tomó una pastilla y quedó «completamente inconsciente, circunstancia que el acusado aprovechó». La agredió sexualmente con penetración. Un testigo que vio lo que estaba pasando, y que se percató de que la mujer estaba sin sentido, llamó a la Policía.
Al lugar se movilizaron agentes de la Policía Local, que fueron quienes despertaron a la víctima. Ella manifestó que no se había dado cuenta de nada.
Leve discapacidad
El tribunal tiene en cuenta que «según un informe de imputabilidad obrante en las actuaciones, el acusado, en el momento de los hechos, sufría una disminución de sus capacidades cognitivas y volitivas como consecuencia de un retraso mental leve, así como de un trastorno mental y del comportamiento por consumo de alcohol grave, con consumo continuado, que determinó que sus facultades intelectivas y volitivas se encontraran disminuidas».
La sentencia se dictó en estricta conformidad, tras el pacto al que llegaron la Fiscalía y la defensa del sujeto, el cual reconoció ser el autor de los delitos que se le imputaban. Además de la pena de cárcel, la sentencia impone un lustro de libertad vigilada al sujeto, que tendrá que indemnizar a su víctima con 5.000 euros.
El tribunal abre la puerta a que el individuo, que ahora tiene 44 años, no entre en la cárcel.
«Se concede al penado el plazo máximo de treinta días naturales, computado desde la fecha de la presente resolución, para que solicite el inicio de los trámites para decidir sobre la procedencia de la suspensión de la ejecución de la pena de prisión al amparo del artículo 80.5 del Código Penal, y aporte los documentos que acrediten la concurrencia de las condiciones necesarias para ello», detalla la resolución judicial.
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