Tribunales
Admiten que pegaron un tiro en el cuello a un vecino para robar en su casa de Zarandona
La Audiencia abre la puerta a que los dos condenados, de 47 y 45 años respectivamente, eviten entrar en la cárcel tras la conformidad a la que llegaron

Un Policía Nacional entrando a un vehículo. / L.O.
Los hechos tenían lugar en agosto de 2017. Un hombre recibía un tiro en el cuello en su casa de la pedanía de Zarandona, en Murcia. Una llamada alertaba a Emergencias de que se requería asistencia sanitaria para una persona en una vivienda ubicada en el Camino Olmos, donde se desplazó una ambulancia, cuyos sanitarios, al llegar, atendieron al vecino in situ y a continuación lo trasladaron al Virgen de la Arrixaca de Murcia. Allí ingresó en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI). Presentaba un disparo en el cuello, con orificio de salida. Sobrevivió.
Casi ocho después, el vecino no ha visto la sentencia del caso: falleció antes de que sus dos atacantes, uno de 45 años y otro de 47, se pusiesen delante del tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia y reconociesen su delito.
Una bandolera con mil euros
Tal y como se lee en la sentencia, aquella madrugada «accedieron por el patio y a través de una de las ventanas al interior de la vivienda, y, siguiendo su propósito, sorprendieron al hombre acostado en uno de los dormitorios con su pareja; al advertir la víctima la presencia de los procesados, se levantó y se dirigió hacia ellos, momento en el que el uno de los acusados le preguntó dónde estaba el dinero, señalando el vecino una bandolera que estaba en el dormitorio colgada en una silla».
«En ese instante, el otro procesado sacó una pistola que portaba y le intimidó con el arma, a la vez que el otro procesado cogió la bandolera. La víctima forcejeó para intentar arrebatársela, momento en el que el procesado le disparó alcanzándole en el cuello», prosigue.
Pacto y atenuantes
Llegaron a un pacto. Uno de los delincuentes fue condenado a penas que suman cuatro años y medio de prisión (tres por tentativa de homicidio, uno y medio por el robo con violencia); el otro, a penas que suman cuatro años (dos y medio por el homicidio en grado de tentativa, uno y medio por el robo con violencia). El primero fue condenado a medio año más por reincidencia.
Si se identificase a los herederos de su víctima, han de darles 8.500 euros. El tribunal estima que, para condenar a ambos individuos, concurren las circunstancias atenuantes de reparación del daño, de dilaciones indebidas y analógica de drogadicción.
«Requiérase a la defensa de los penados para que, si lo estiman conveniente, soliciten el inicio de los trámites para decidir sobre la procedencia de la suspensión de la ejecución de la pena de prisión aportando los documentos que acrediten la concurrencia de las condiciones necesarias», apunta la sentencia.
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