Tráfico
Investigan a un conductor de Murcia por circular a 211 km/h en un tramo limitado a 120 en La Roda
Al hombre, de 44 años, se le investiga por un delito contra la seguridad vial, al circular con exceso de velocidad

Radar de la Guardia Civil de tráfico / GUARDIA CIVIL
E.P.
Efectivos del Área Funcional Operativa del Subsector de Tráfico de Albacete han investigado al conductor de un turismo, residente en Murcia, como presunto autor de un delito contra la seguridad vial, al circular con exceso de velocidad.
El vehículo conducido por la persona investigada circulaba a 211 kilómetros por hora cuando la velocidad genérica de la vía estaba limitada a 120 kilómetros por hora, ha informado la Guardia Civil en nota de prensa.
Durante la vigilancia y control que las patrullas de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, pertenecientes al Subsector de Albacete, vienen realizando sobre los vehículos que transitan por esta provincia, detectaron a un turismo que circulaba a una velocidad de 211 kilómetros por hora.
Este vehículo, añaden las fuentes, fue detectado en un control de velocidad estático que la benemérita realizaba en la autovía A-31, dentro del término municipal de la localidad albaceteña de La Roda, lugar en el que la velocidad está limitada a 120 kilómetros por hora.
Una vez controlado e identificado su conductor, resultó ser un varón de 44 años, residente en la provincia de Murcia, que fue investigado por un delito contra la seguridad vial, al conducir un vehículo a motor a velocidad superior en 80 km/h de la permitida reglamentariamente en una vía interurbana y cuya limitación genérica, en este caso concreto, era de 120 Km/h.
Las diligencias policiales, instruidas por la Guardia Civil de Tráfico de Albacete, fueron remitidas al Juzgado de Instrucción de la localidad albacetense de La Roda.
Los hechos descritos podrían ser castigados, según establece el artículo 379.1 del Código Penal, con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
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