Tráfico

Un guardia civil fuera de servicio intercepta en Murcia a un camionero que conducía borracho

El conductor del vehículo pesado circulaba de manera temeraria al sextuplicar la tasa de alcohol permitida

Un vehículo de la Guardia Civil junto al camión cuyo conductor circulaba bajo los efectos del alcohol

Un vehículo de la Guardia Civil junto al camión cuyo conductor circulaba bajo los efectos del alcohol / GUARDIA CIVIL

La Opinión

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La Guardia Civil ha investigado al conductor de un vehículo pesado que circulaba por la autovía A-30, a su paso por Murcia, superando seis veces la tasa máxima de alcoholemia, según han informado fuentes de la Benemérita en un comunicado.

Al conductor se le han instruido diligencias como presunto autor de un delito contra la seguridad vial.

Los hechos tuvieron lugar cuando un agente del Instituto Armado perteneciente a la Agrupación de Tráfico que se encontraba fuera de servicio detectó la circulación anómala de un camión articulado que circulaba en sentido Alicante.

El guardia civil, destinado en el Subsector de Tráfico de Alicante, que circulaba tras el referido camión, llamó inmediatamente a la Central Operativa de Tráfico (COTA) de Murcia para alertar de la peligrosa situación e inició un seguimiento sobre el vehículo.

Poco después, cuando el conductor del vehículo articulado intentó tomar la salida número 135 de la autovía y gestionar una curva a derechas, se salió de la vía por el margen izquierdo y golpeó la señalización, causando daños en la misma.

Aun así continúo circulando por la carretera N-301, sentido Molina de Segura, de forma zigzagueante y muy peligrosa para el resto de usuarios, por lo que el guardia civil optó por intervenir de una forma más activa y se colocó con su vehículo particular justo detrás de éste en mitad de los dos carriles, utilizando las luces de emergencia para señalizar el peligro existente y evitar que los vehículos que le seguían en la misma dirección pudieran sufrir un percance.

En todo momento, el guardia civil mantuvo contacto directo con la central COTA para indicarle por donde circulaba este vehículo pesado y poder ser auxiliado por componentes del Sector de Tráfico.

Poco después, y tras la insistencia del guardia civil, el camionero detuvo el vehículo articulado en la vía de servicio de un polígono industrial anexo a la carretera, momento que aprovechó el agente aprovechó para aproximarse a la cabina para hablar con el conductor, que presentaba síntomas evidentes de encontrarse bajo la influencia del alcohol.

En el transcurso de estos acontecimientos, la central COTA, al tanto de todo lo acontecido, ya que el guardia civil fuera de servicio iba narrando los hechos desde el teléfono manos libres de su vehículo particular, desplazó hasta el lugar para auxiliar al guardia civil una patrulla de motoristas del Destacamento de Tráfico de Murcia, que también detectó que el conductor no se encontraba en las condiciones adecuadas para conducir.

Al camionero se le practicaron las preceptivas pruebas de alcoholemia, en las que arrojó un resultado positivo de 0,88 y 0,91 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, sextuplicando la tasa máxima permitida que para los conductores profesionales es de 0,15 mg/litro.

Ante estas circunstancias, el conductor, que se desplazaba desde Librilla y se dirigía con el camión a cargar hasta Elche (Alicante), fue investigado y se le instruyeron diligencias como presuntos autor de delito de conducir un vehículo a motor superando las tasas legalmente establecidas de alcohol, siendo puesto a disposición del Juzgado de Instrucción de Murcia, para la celebración del correspondiente juicio. Del vehículo se hizo cargo otro conductor habilitado para poder retirarlo de la circulación.

El delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, con tasas superiores a 0,60 miligramos/litro, se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.