Tribunales
24 años de cárcel para el acusado de matar a su mujer de un tiro en Águilas
Además, la Audiencia le impone otros 9 meses de prisión por el delito de tenencia ilícita de armas

Abdellafit A., en el banquillo de la Audiencia Provincial de Murcia por matar de un tiro a su esposa, Salwa, en verano de 2020 en su casa de Águilas. / Juan Carlos Caval
EFE
El acusado de asesinar de un disparo de escopeta a su esposa en el domicilio familiar de Águilas el 29 de agosto de 2020 ha sido condenado este jueves a 24 años de prisión por la sección tercera de la Audiencia Provincial de Murcia con las agravantes de parentesco y de género y la atenuante de confesión, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de esa región.
Además, le impone otros 9 meses de prisión por el delito de tenencia ilícita de armas, 10 años de libertad vigilada una vez cumplida la pena privativa de libertad y la retirada de la patria potestad del hijo menor.
La sentencia ha sido dictada después del veredicto del jurado emitido este martes, en el que se declaró probado por unanimidad que tras coger una escopeta del sótano, fue al comedor y se dirigió a su esposa que estaba sentada en el sofá, la encañonó “a cortísima distancia de su pecho” y le “disparó a bocajarro”, lo que le causó la muerte sin que la víctima tuviera “posibilidad de defensa”.
El jurado descartó un trastorno mental por celos o ingesta de alcohol o cannabis, ya que nada de eso ha quedado probado en el juicio.
En contra de lo sostenido por la acusación particular en la vista oral, también declararon no probado que actuara movido por violencia machista, ya que consideran que lo habría hecho de la misma manera aunque la víctima hubiera sido un varón.
Sí consideran acreditado que antes incluso de ser asistido por su abogado, confesó los hechos a la Guardia Civil y desde el pasado julio hizo ingresos mensuales por un montante total de 1.200 euros a la familia de la víctima para reparación parcial del daño causado.
Para la determinación de la pena, competencia exclusiva de la magistrada presidenta del tribunal jurado, dentro del marco de 15 a 25 años que establece la ley para el asesinato, se aclara en la resolución que tienen mucho mayor peso las dos agravantes que la atenuante.
La magistrada explica que el delito se ha producido sobre su esposa, que recibió un trato denigrante y humillante, por lo que se debe "elevar considerablemente el reproche penal", que no puede quedar disminuido por un reconocimiento del delito que tampoco tuvo especial relevancia en la investigación de los hechos, ya que “los testigos ya habían indicado a la policía quién podía ser el autor”.
Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia murciano.
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