Un hombre que exigió a su expareja que retirara de las redes sociales una fotografía en la que esta aparecía con su nuevo novio, ya que en caso contrario causaría a este algún daño, deberá cumplir ocho meses de prisión al haber desestimado la Audiencia Provincial de Murcia el recurso que presentó contra esa condena.

Así se recoge en la sentencia que confirma la dictada por un juzgado de lo Penal de Cartagena, que lo condenó como autor de un delito de coacciones y le impuso, además, una orden de alejamiento de 300 metros por tiempo de 18 meses.

El juzgado declaró probado que los hechos se produjeron en mayo pasado, cuando el ahora apelante se presentó en el lugar de trabajo de su expareja y le planteó aquella exigencia, a lo que ella se negó, por lo que la golpeó en la mano en la que llevaba el teléfono móvil para que lo soltara.

En su recurso, el acusado alegó que el juzgado había incurrido en un error a la hora de valorar las pruebas aportadas al juicio y que si le tiró el móvil fue porque ella le contestó de mala manera.

Además, alegó que aunque había tenido sexo con la denunciante, nunca había existido una relación sentimental entre ellos, al faltar "la estabilidad o intensidad emocional" necesarias para ser considerada como tal.

El tribunal de la Audiencia, al desestimar la apelación, considera probada la existencia de la relación sentimental, ya que incluso en uno de los mensajes que le envió le preguntaba si es que se avergonzaba de su pasado con él.

Y añade que está acreditado que existió un noviazgo entre ellos en los años 2017 y 2018 y que reanudaron la relación en 2021, aunque esta última duró poco.