Un molinense de 46 años de edad ha admitido ante el juez que pegó y violó a la que era su novia en el domicilio que compartían, después de haber estado tapeando y consumiendo bebidas alcohólicas en un bar de su municipio natal. Debido al reconocimiento de los hechos, la defensa del individuo pactó con la Fiscalía y con la acusación particular la pena a cumplir como autor de un delito de agresión sexual y otro de violencia de género.

Los hechos que se consideran probados tuvieron lugar en el verano de hace cuatro años, aunque la vista se fijó para este año. Tras estar en el establecimiento hostelero con unos amigos, la pareja llegó a la vivienda y él quiso tener sexo, a lo que la mujer se negó: prefirió echarse, ya que se encontraba mal por haber bebido.

Fue entonces cuando el sujeto (con antecedentes penales) la siguió al dormitorio, donde insistió en practicar relaciones sexuales y se produjo un forcejeo en el transcurso del cual el individuo propinó a su víctima un puñetazo en la cara. El golpe dio lugar a que la mujer perdiese el conocimiento, «circunstancia que aprovechó el hombre», detalla la sentencia, para desnudarla y violarla.

Es condenado a dos años de prisión, a 28 días de trabajos comunitarios y a dar 1.500 euros a su víctima

«Cuando ella recobró el conocimiento se encontró sola, desnuda y tendida en la cama», apunta la resolución judicial. 

La mujer acudió a recibir asistencia sanitaria y denunció al que era su novio. El hombre, plenamente identificado, fue detenido y pasó apenas un día encerrado: el Juzgado de Guardia lo dejó salir en libertad con cargos y así ha estado hasta que se ha resuelto el procedimiento.

A la hora de dictar sentencia, la Audiencia Provincial tiene en cuenta la agravante de parentesco y dos atenuantes: la de intoxicación etílica y la de dilaciones indebidas (que significa que el procedimiento judicial se ha alargado demasiado en el tiempo). 

Por el delito de agresión sexual, el hombre es condenado a dos años entre rejas. No podrá acercarse a menos de 500 metros de su víctima ni comunicarse con ella por medio alguno durante cuatro años y medio. Asimismo, se le impone un lustro en régimen de libertad vigilada. Por el delito de maltrato, pasará 28 días haciendo trabajos en beneficio de la comunidad. En total, tendrá que indemnizar a su víctima con 1.500 euros por los daños morales.