La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por un matrimonio que reclamó casi 200.000 euros al Servicio Murciano de Salud (SMS) por la parálisis braquial que sufrió su bebé al nacer y que atribuyeron a una deficiente atención médica en el parto.

La sentencia coincide con el criterio sostenido por el Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM), que en su día propuso la desestimación de la demanda al no observar la existencia de una relación de causalidad entre el daño por el que reclamaron y el funcionamiento de los servicios públicos.

La Sala dice que el informe del perito judicial, incorporado a las actuaciones, concluye que la lesión del plexo braquial sufrida por el bebé fue un fenómeno imprevisible.

El fallo indica que, en contra de lo sostenido por los demandantes, la práctica de la cesárea no estaba indicada en ese parto.

Para el TSJRM, la decisión de permitir la evolución espontánea del feto fue correcta y se llevó a cabo según lo establecido por los protocolos científicos, para añadir que, si se utilizaron espátulas, fue para abreviar la expulsión del feto.