El empresario murciano Tomás Olivo se enfrenta a una petición fiscal provisional de tres años de prisión por un presunto delito de abusos sexuales a una menor de 13 años en un vuelo de Madrid a Málaga.

Olivo será juzgado en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Málaga el próximo 19 de abril a las 10.00 horas. En el escrito provisional del Ministerio Público, se indica que el 5 de septiembre de 2019 el procesado viajaba como pasajero en un vuelo de Madrid a Málaga y tras cambiarse de asiento se acomodó presuntamente en la misma fila y junto a la menor, que viajaba sola.

Siempre según la versión acusatoria provisional del fiscal, la niña se quedó dormida y presuntamente le introdujo la mano por debajo de los pantalones y ello provocó que la menor despertara.

Supuestamente la niña le reprochó su proceder y pidió a un azafato que le cambiara de asiento y se sentó en un plaza distinta hasta la finalización del vuelo.

OLIVO LO NIEGA

El empresario Tomás Olivo, a través de un representante, se ha puesto en contacto con esta Redacción para declarar su "total inocencia" respecto de estos hechos, afirmando que la menor denunciante reconoció "a posteriori que los hechos eran falsos, no obstante lo cual, dado que ese reconocimiento se hizo después de que fiscal presentase su escrito de acusación, no se ha podido evitar el señalamiento del juicio, en el que la denunciante no ejercita la acusación". Olivo señala que proclamó desde el principio su inocencia, colaboró plenamente con la investigación y espera "que este asunto tenga su final el día del juicio".

El fiscal considera que los hechos son constitutivos de un delito de abusos sexuales y que no han concurrido circunstancias modificativas de responsabilidad criminal.

Además de la pena de prisión, la acusación pública pide medida de alejamiento consistente en que el acusado no podrá aproximarse a la menor ni a su domicilio o centro de estudios a una distancia inferior a 500 metros, ni comunicar con ella por cualquier medio, en especial, por vía telefónica, durante el plazo de cinco años.

Por vía de responsabilidad civil, el ministerio público en su escrito provisional pide que, además, sea condenado a indemnizar a la menor con 2.000 euros por los perjuicios morales causados.

Las fuentes consultadas han subrayado que las conclusiones del fiscal son provisionales y que, por tanto, será necesario escuchar a la menor, acusado y testigos, así como practicar toda la prueba por si los hechos fueran modificados durante la vista oral.