La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una mujer contra la sentencia de un juzgado de Molina de Segura que, en noviembre de 2020, absolvió a sus dos hermanas, a las que había acusado de agredirla en el domicilio de los padres.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, recuerda la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, según la cual no es posible revocar una sentencia absolutoria si la misma no resulta ilógica, absurda o irracional y no se pide la declaración de nulidad de la misma.

El juzgado de instrucción declaró que la ahora apelante denunció que la agresión se había producido en mayo de 2020 cuando, en el transcurso de una discusión, sus dos hermanas la zarandearon y agredieron, causándole lesiones que solo precisaron de una sola asistencia médica.

En su recurso, la mujer alegó que existían pruebas de cargo suficientes para condenar a las denunciadas como autoras de un delito leve de lesiones, como el parte médico o la declaración como testigo de la madre, por lo que reiteró su solicitud de pena.