La conocida como "manada de Manresa", el grupo de seis jóvenes que en octubre de 2016 forzaron por turnos a una adolescente de 14 años en un descampado de la localidad catalana, no cometieron una agresión sexual contra su víctima: su delito fue de "abuso sexual" porque la chica estaba inconsciente, tras haber ingerido grandes dosis de alcohol y sustancias estupefacientes. Así lo considera, al menos, la Audiencia de Barcelona, que ha condenado a penas de entre 10 y 12 años de cárcel a cinco de los seis procesados por un delito de abuso sexual, además de exigirles una indemnización conjunta y solidaria a la víctima por un importe total de 12.000 euros. El sexto acusado ha sido absuelto al no poder probarse que participase en la violación grupal, como también un séptimo individuo que presenció los hechos y que, lejos de tratar de frenar a los violadores, se masturbó.

Según la sentencia, que se dio a conocer ayer, se da por probado que la víctima se encontraba "en estado de inconsciencia" en el momento de la violación grupal y sin poder "determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales" con los procesados, los cuales, por su parte, no tuvieron que emplear "ningún tipo de violencia o intimidación" contra ella.

La Fiscalía, que en un primer momento achacaba a los jóvenes un delito de abusos, cambió de criterio tras conocer la sentencia del Supremo contra la "Manada" de Pamplona tras determinar que habían cometido una agresión sexual, y no un delito de abusos. Pero el tribunal desechó esta tesis y concluyó que no se puede achacar a los cinco condenados un delito de agresión ya queel Código Penal, en su artículo 181.2, precisa que se condieran "abusos sexuales no consentidos" los que se ejecutan "sobre personas que se encuentran privadas de sentido" o anulando la voluntad de la víctima mediante fármacos, drogas u otras sustancias.

Esta interpretación, en todo caso, choca con una parte del relato de los hechos probados: tras la violación en grupo, dos de los condenados -Bryan Andrés M. y Maikel P.- obligaron a la menor a practicarles una felación. El tribunal condena a estos dos jóvenes a 12 años, por 10 de los otros tres miembros del grupo.

Colectivos de juristas como Jueces y Juezas para la Democracia o la Asociación de Mujeres Juezas de España, además de las Fundación Mueres, consideran que el argumento del tribunal es válido, por lo que reclaman una modificación del Código Penal para que clarifique los tipos penales sobre agresión sexual y no tenga que concurrir la violencia o la intimidación para que acciones como la de Manresa tengan la consideración penal de violación, y no únicamente de abuso. Esta reforma del Código Penal, aunque había sido planteada a raíz de las primeras sentencias contra "la Manada", quedó en suspenso por el bloqueo político de la legislatura que concluirá con las elecciones del 10 de noviembre.