El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha confirmado la pena impuesta por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche, al hombre acusado de abusar de su suegra, de 83 años en el momento del abuso, y grabarlo con el móvil. El ya condenado interpuso un recurso contra el TSJ el pasado mes de octubre, cuando se dio a conocer la sentencia. Ya entonces fuentes judiciales apuntaron a que era difícil que prosperara, pues el hombre, de 56 años, había reconocido en el juicio celebrado en el tribunal ilicitano esos abusos.

La sentencia, reafirmada por la sala, recoge que, en el año 2015, el condenado aprovechó que estaba al cuidado de la mujer, y que esta estaba impedida por una enfermedad que afecta a su capacidad cognitiva y de atención, para someterla a tocamientos, llegando a introducirle los dedos en la vagina, para el placer sexual del propio acusado. El caso, pese a la enfermedad de la víctima, salió a la luz debido a que, por si fuera poco con el abuso, el acusado grabó estos episodios con su teléfono móvil, para luego pasar los vídeos al ordenador. Su mujer, hija a su vez de la víctima, descubrió estos vídeos y fue la que interpuso la denuncia ante la Policía Nacional, dando origen a la investigación.

De esta forma, en octubre la Sección Séptima le condenó a siete años de prisión por un delito continuado de abuso sexual, ya que estos tocamientos y la grabación de los vídeos se produjo en más de una ocasión, a lo que se sumaron otros cinco años por un delito de explotación sexual y corrupción. Una pena, no obstante, rebajada en parte al aplicarle el atenuante por la confesión de los hechos. Asimismo, el tribunal estableció que el acusado deberá participar en programas de educación sexual, y la prohibición de comunicarse, directa o indirecta, por cualquier medio, con la víctima, así como de aproximarse a la misma en cualquier sitio en que se encuentre a una distancia inferior a 500 metros, su domicilio, lugar de trabajo y cualquier otro que sea frecuentado por ella por un tiempo de 15 años.

El acusado vivía con la mujer y su pareja, hija de esta, por lo que tras su salida de prisión no podrá volver a su domicilio. En el fallo judicial, también se condena al hombre al pago de 20.000 euros en concepto de indemnización a la víctima, por los daños morales causados, además del abono de las costas. De hecho, el TSJ también ha condenado al hombre a correr con los gastos del recurso, ya que, según establece el tribunal, reconoció los hechos y la pena impuesta por la Audiencia Provincial se ajusta a Derecho.