Un juzgado de Alicante ha estimado la causa de una madre soltera que tuvo un bebé en septiembre de 2020 y que inició una lucha contra el Instituto de la Seguridad Social para obtener la baja paternal que su hijo pudiera disfrutar de las mismas semanas de baja de su progenitora que las que tiene actualmente un bebé con dos padres. La mujer tomó su baja maternal de dieciséis semanas y decidió luchar por obtener las que corresponderían al padre para seguir cuidando de su hijo durante su primer año de vida. Dos años después, un magistrado del Juzgado de Lo Social 4 de Alicante le acaba de conceder las diez semanas adicionales de baja que solicitaba estimando la acumulación de permisos.

Este proceso continuará porque el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha presentado un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) por lo que el fallo aún no es firme, recurso a su vez impugnado por esta madre alicantina.

El abogado de la litigante, Jorge Aparicio, que pertenece a un despacho de Madrid, ha llevado varios casos similares a lo largo de la geografía española. El letrado da por hecho que el TSJCV desestimará el derecho que reconoce a su cliente el juzgado de Alicante en primera instancia y que tendrá que recurrir al Tribunal Supremo. La Seguridad Social ha presentado ante el Alto Tribunal recurso contra todas las sentencias que ya está perdiendo en distintos puntos de España y el Supremo deberá resolver cómo se juzgan estos casos por unificación de doctrina.

En todo caso, el abogado considera un escándalo jurídico que la Seguridad Social, y por tanto el Gobierno de España, sobre el papel progresista y feminista, siga denegando los derechos de las familias monoparentales y tengan que seguir peleando en los tribunales.

"Es un escándalo jurídico que el INSS, y por tanto el Gobierno de España, deniegue el derecho de las familias monoparentales y haya que pelearlo en los tribunales"

Jorge Aparicio - Abogado

La realidad es que un magistrado del juzgado de Lo Social 4 de Alicante ha dictado sentencia a favor de la demandante, Ainhoa Jiménez Ruiz, en el procedimiento sobre prestación adicional por maternidad en familia monoparental, concediéndole 10 semanas más de baja. La mujer quiere dar a conocer su caso para poder ayudar a más familias en su situación a obtener la doble baja por acumulación de prestación por baja maternal.

Familia monoparental

Su hijo Álvaro nació el 30 de septiembre de 2020 y solicitó prestación por nacimiento y cuidado de menor, indicando en la solicitud que se trataba de una familia monoparental. Posteriormente presentó un primer recurso contra la Seguridad Social solicitando la prestación por nacimiento y cuidado de menor por el otro progenitor al tratarse de una familia monoparental para poder disfrutar de ella durante el primer año de vida del bebé. El INSS, por silencio administrativo, denegó la petición. Esta madre entonces interpuso demanda judicial en junio de 2021 y el juicio se celebró un año después, el pasado julio. La sentencia salió en septiembre y esta semana ha sido notificada a las partes.

"El juez me ha dado la razón, concediéndome diez semanas de baja. El INSS ha recurrido todas las sentencias (en España) hasta ahora porque no quieren pagar esas bajas". En caso de que el TSJCV ratificase el fallo, la mujer desconoce cómo procederá la Seguridad Social, "si la dará en tiempo y dinero, o solo en dinero al no estar ya dentro del primer año de vida del menor". En su caso, al ser azafata de vuelo, esa cantidad le vendría muy bien para poder reducirse la jornada y poder estar más tiempo al cuidado de su niño.

"El juez me ha dado la razón, concediéndome las diez semanas de baja. El INSS ha recurrido todas las sentencias (en España) hasta ahora porque no quieren pagar esas bajas"

El juez, a favor

En el fallo, el juez estima la demanda sobre prestación adicional y cuidado de menor formulada por esta alicantina contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social "y en consecuencia declaro el derecho de la actora a disfrutar de 10 semanas adicionales de prestación por nacimiento y cuidado de menor". También le condena a un pago de prestación.

En los fundamentos de derecho, el juez examina otros pronunciamientos judiciales, incluido uno del TSJCV de octubre de 2021 que desestimó la pretensión. No obstante, señala que no comparte sus argumentos y se decanta por asumir los razonamientos de otras resoluciones judiciales, como una del Tribunal Superior del País Vasco; la Convención sobre los Derechos del Niño; e interpretaciones del Supremo sobre las normas en materia de protección de la maternidad que han de serlo a la luz del principio general del interés superior del menor.

El abogado de esta madre abunda en que es un tema que está muy de moda y que este es el tercer caso que lleva, uno en Madrid, otro en Lugo y el de Alicante. "En resumen lo que pasa es que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dictó sentencia novedosa reconociendo este derecho". Sin embargo, añade que distintos tribunales superiores de comunidades autónomas han dictado sentencias dispares, unos estimando el derecho y otros no.

"Está recurrido por mi parte en Madrid y por la Seguridad Social en muchos de los que ha perdido ante el Supremo, al que se pide que resuelva cómo se debe juzgar la cuestión". Sobre el caso de Alicante, señala que el TSJCV es de los que suele desestimar el derecho, y da por hecho que revocarán la sentencia favorable a Ainhoa Jiménez en primera instancia y que tendrá que recurrir al Supremo. Este jueves ya presentó recurso de súplica contra el que ya ha presentado el INSS.

El abogado apunta que considera que el juez de Alicante entiende que como el proceso se ha dilatado dos años por las impugnaciones de la Seguridad Social y aún puede demorarse más por los tiempos judiciales, su cliente tendrá derecho a prestación económica hilada a disfrutar de un permiso de 10 semanas aunque el primer año de vida del menor haya pasado. "Si no se disfruta no tendrá sentido abrazarlo", y que de hecho ya hay un caso en Lugo donde así se ha reconocido.