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Opinión | Con la venia

Abogado

Me ha tocado la Lotería, ¿y ahora qué?

La Lotería de Navidad está hecha para soñar, no para litigar; por eso, mejor tener presente que la prudencia es la mejor compañera de la fortuna

Celebración en la administración El Perro de Murcia al haber repartido un quinto premio de la Lotería de Navidad.

Celebración en la administración El Perro de Murcia al haber repartido un quinto premio de la Lotería de Navidad. / Israel Sánchez

Como cada año, millones de personas —y muy probablemente usted, querido lector— participaron en la Lotería de Navidad con la esperanza de que la suerte les hiciese un guiño. Pero hay más allá después de celebrar con cava en la puerta de la administración agraciada. ¿Qué implicaciones legales y fiscales tiene el premio? ¿Qué errores conviene evitar? Desde mi experiencia como abogado, intentaré poner sobre la mesa algunas claves prácticas que conviene saber si finalmente la suerte ha tocado puerta.

¿Cuánto se queda ‘Papá Estado’ en impuestos? Demasiado, según muchos. Desde el año 2020, los premios de loterías están sujetos a un gravamen especial independientemente del IRPF habitual, aunque los primeros 40.000 euros están exentos: si le ha tocado menos de esa cantidad, Hacienda no se lleva tajada. Después ya es otra cosa. Por ejemplo, quien gane 60.000 euros: los primeros 40.000 están a salvo, pero de los 20.000 restantes retienen un 20%, es decir, 4.000 euros, por lo que finalmente el premio se queda en 56.000.

Muchos murcianos llevan décimos a medias con sus amigos, compañeros de trabajo y familiares, pero, ¿qué pasa con los décimos compartidos? Siempre aconsejo que los décimos compartidos se firmen por detrás (el original) con nombre, apellidos y DNI, y que ponga ‘propietarios’, aunque también puede valer una fotocopia compulsada ante notario en donde se reconozca a ambos como propietarios (junto con los DNI); pero lo más rudimentario es hacer una fotocopia normal junto con los DNI y con un texto que ponga: «Ambos somos propietarios del décimo», seguido de las firmas.

Si son varios jugadores y no todos han pagado lo mismo, habrá que poner los porcentajes o aportaciones de cada uno al precio total del décimo. Tomen nota de cara al Sorteo del Niño.

Si se comparte un décimo con alguien que está lejos, lo aconsejable es hacerle una foto y mandarla por WhatsApp junto a un texto que indique participantes y cuánto juega cada uno.

Ahora, imaginen que toca, ¿quién lo cobra? Bien, si el premio es inferior a 2.000 euros, se puede cobrar en cualquier punto de venta de la red de loterías. Pero si es superior a 2.500 euros, hay que ir al banco, en este caso a BBVA o CaixaBank. Entonces se deberá rellenar un formulario donde se diga lo que ha de cobrar cada uno. En caso de que lo cobre todo quien tenga el décimo y luego reparta entre los demás, toca pagar impuesto de donaciones.

Toda precaución es poca, pues más de una vez ha pasado que años de amistad han terminado por dinero.

¿Qué pasa si, aún así, el poseedor del décimo original desaparece o no quiere darnos nuestra parte? Que toca denunciar. La persona afectada ha de ir a la Policía, con la documentación que he detallado antes y que prueba que jugó a ese número. Al portador del décimo se le denuncia por un delito de apropiación indebida. De ahí la importancia de tener pruebas.

La Lotería de Navidad está hecha para soñar, no para litigar; por eso, mejor tener presente que la prudencia es mejor compañera de la fortuna. Actúe con cabeza, guarde pruebas y, si tiene dudas, pida consejo a un profesional. Mejor prevenir y disfrutar de la suerte que acabar en el Juzgado de Guardia.

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