La Opinión de Murcia

La Opinión de Murcia

Joaquín Ángel de Domingo

Dolo bueno

En derecho civil hay tres clases de dolo: el bueno, el malo y el incidental. No voy a explicar en qué consiste cada uno, pues no escribo ni para lucirme en una revista jurídica ni para ser pesado, espero. Me limitaré al dolo bueno, que no da derecho a una indemnización de daños y perjuicios. Quizás porque el legislador entiende que si eres tonto, él no tiene la culpa y no puede tener acogida tu pretensión si te han engañado con una maniobra que no tiene entidad suficiente como para equivocarte. Por ejemplo, si comprando unas plantillas Magnífica Plus no creces diez centímetros, se te pone el pelo rubio y los ojos azules, como rezaba su marketing, si te lo has creído es que eres tonto y ese dolo bueno de la propaganda no puede dar lugar a reparar el hipotético daño causado.

Aún recuerdo cuando fue inaugurado en Murcia un gran almacén. Invitaron a casi toda la sociedad murciana. Se llenó de curiosos para, sobre todo, subir por primera vez en una escalera mecánica. Y más de uno trató de comerse alguna parte de las enormes estatuas que había, pensando que eran de caramelo o de chocolate, cuando en realidad eran de cera. La boca se quedaba como una pasta, por goloso y tonto, insoportable. Y dicha esta experiencia personal, evidentemente habrán caído ya en la cuenta de que soy uno de esos que el dolo bueno le atrapa inexorablemente. Por eso me dedico a leer sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, para que no me pase nunca más. La más reciente de ellas, que ha iluminado mi entender, es del día 2 de este mismo mes y año, en la que se prohíbe que los productos cosméticos tengan forma de alimentos. Dice que deben ser prohibidos si se consideran peligrosos. Estarán ustedes pensando si es que hay gente tan tonta como para comerse un producto cosmético. Pues al parecer sí.

Los Estados miembros de la Unión Europea van a poder restringir la comercialización, importación, fabricación o exportación de los productos cosméticos que por su apariencia engañosa puedan confundirse con productos alimenticios y poner por ello en peligro la salud del consumidor. La prohibición será caso por caso. De todas formas, como pautas generales y en atención a la Directiva de la UE 87/357, se ha establecido que la forma, el olor, el aspecto, la presentación, el etiquetado, el volumen o tamaño, deben ser claros para no confundirlos con un alimento. En definitiva, no debe confundir a un buen padre de familia, como diría el Código Civil, ni al más común de los mortales, como diría el saber popular. En caso de duda, hay que olerlo o lamerlo suavemente, salvo que el Covid te haya dejado secuelas permanentes. En cuyo caso es mejor darlo a probar a otra persona, porque ya se sabe que las apariencias engañan, y no se debe confundir el mazapán con el carmín ni el maquillaje con un bollo suizo relleno de frambuesa o melocotón, por eso del color.

En fin, que hay que tener mucho cuidado con lo que se come y con lo que te pones en la cara, no sea que nos comamos una barra de labios pensando que es un chupachup, o nos restreguemos por el cutis un trozo de sandía creyendo que es un maquillador fashions. Una cosa es el corrector de maquillaje, los polvos de sol o bronzer, el colorete, el iluminador, el perfilador de labios y el gloss o brillo de labios; y otra cosa, la sandía, la piña o el plátano. No obstante, si quieres estar al loro este verano, usa el maquillaje frutal, en especial el de melocotón para tener un color durazno, y la piña o el plátano para el contorno de ojos.

Y si no sale bien, no vengas luego al juzgado a reclamar.

Compartir el artículo

stats