Este año probablemente será el último en que la Navidad será hábil, a efectos procesales, pues si prospera el proyecto de ley consensuado con los profesionales del Derecho y el ministerio de Justicia, la próxima Navidad del año 2022, desde el 24 de diciembre al 6 de enero va a ser inhábil. Es decir, no van a correr los plazos fijados por las leyes, la ley para acudir a los juzgados y tribunales de justicia, en España. Abogados, procuradores y graduados sociales han llegado a este acuerdo con dicho Ministerio, a fin que puedan ellos también descansar en esas fechas, sin el agobio de tener que presentar escritos bajo pena de que les precluyan los plazos procesales y quedarse sin posibilidad de defender sus intereses. Este anteproyecto de ley de eficiencia procesal acudirá ahora al Consejo de Estado para que en el plazo máximo de dos meses emita informe, por lo que probablemente, en enero del próximo año será debatido en el Congreso de los Diputados, con más que probable aprobación del mismo.

Dichos profesionales del Derecho se quejan habitualmente, y con razón, que a ellos se les exige cumplan los plazos procedimentales y los juzgados no lo hacen en bastantes ocasiones, debido al exceso de trabajo. Por eso, a partir del próximo año, va a ser inhábil no solo el mes de agosto o la mayor parte de él, sino también una semana de Navidad. A lo que debe añadirse, si ese anteproyecto de ley sale adelante, la posibilidad que los profesionales del Derecho soliciten días inhábiles cuando dispongan de una baja por maternidad o paternidad en los casos de nacimiento o cuidado de un menor de edad, o guarda con fines de adopción o acogimiento de un menor, pues podrán solicitar la suspensión de todos los procedimientos en los que intervengan para el período de descanso laboral establecido por las leyes laborales y de seguridad social. Incluso, de tres a cinco días en caso de enfermedad grave o fallecimiento de un familiar, según necesidades de desplazamiento, para el abogado que sufra esa pérdida.

Solo falta que se apruebe también otra petición efectuada por la Abogacía para la conciliación familiar, que es para el caso de enfermedad grave del profesional, los procedimientos se suspendan el tiempo necesario para trasladar con las debidas garantías los asuntos judiciales a otro profesional del Derecho.

Todo esto tiene como finalidad la conciliación familiar y personal, pues el ultimo mes de agosto los profesionales del Derecho solamente pudieron disfrutar de un descanso durante once días, al haberse habilitado por Real Decreto-Ley 16/2020 de 28 de abril, del 11 al 31 de agosto. La auténtica desconexión de LexNet durante esas vacaciones de agosto y de Navidad es la meta que persigue este anteproyecto de ley.

Todo lo cual me parece lógico, necesario y, por supuesto, legítimo. Algunos de ustedes pensarán que es lo que le quedaba a la Justicia española, que ya de por sí es muy lenta, como para que se declaren la inhabilidad de más días, lo que supondrá una ralentización mayor de los procesos. Mi respuesta es que la solución, desde luego, no está en machacar a los profesionales del Derecho, obligándolos a trabajar hasta en Nochebuena, sino que en se arbitren ideas, leyes y medios personales y materiales para que este mal endémico de la Justicia española, que no es otro que su desesperante lentitud, sea paliado e incluso, por qué no, solucionado.

Tengas pleitos y los ganes, más vale un mal acuerdo que un buen proceso, son aforismos tan tristes como reales, que alguna vez pasarán a la historia de nuestro Derecho. Ojalá todos ustedes y yo lo veamos, pero me temo que no es más que una entelequia ilusionada.