Uno de estos días de la semana que hoy concluye leo en el colega de mañana una de esas noticias de aparente irrelevancia y, por tanto, naturalmente relegada a eso que se llama un ‘suelto’ sin firma, apenas un cuarto de columnilla. Pero, si atendemos a la entrelínea, hay un yacimiento de petróleo. La información va de que la nueva secretaria general de Hacienda, Sonia Carrillo, ha renunciado de antemano a presidir la Mesa de Contratación en el concurso para decidir la gestión de la televisión autonómica, La 7. Y lo hace porque «un familiar suyo tiene vínculo con una de las empresas del concurso». Esto sería digno de aplauso si no fuera porque las pocas líneas de la noticia nos deparan impactos sorprendentes.

1. Dice el texto: «Sonia Carrillo, que ya ejerce sus funciones pese a que aún no ha tomado posesión...». ¿Perdone? Ningún cargo de la Comunidad autónoma, político o funcionarial, puede ejercer autoridad alguna hasta tanto el Boletín Oficial de la Región dicte la fecha en la que dispone de la plaza, y es extraño que este ‘pequeño detalle’ se le haya pasado por alto a la oposición, si es que existe.

2. Por tanto, según lo anterior, nadie puede renunciar previamente a ninguna de las funciones que le corresponderían cuando acepte el cargo. Si la función de secretaria general de Hacienda conlleva presidir las Mesas de Contratación que correspondan a su departamento, para renunciar por incompatibilidad a una de ellas tendrá que esperar a ser nombrada para el cargo. Pero si se quiere atender a la ética, lo lógico es no aceptarlo, a la vista de que éste conlleva tomar decisiones sobre asuntos en los que el entorno personal de la protagonista tiene un interés directo.

3. Seguimos leyendo: «Así, delega la presidencia de la Mesa de Contratación en el director general de la Agencia Tributaria de la Región, Juan Marín Pérez, que es funcionario de carrera». O sea, delega su función en el compañero del equipo de la consejería que ha accedido al cargo que ella misma ocupaba con anterioridad. Un subordinado suyo en la práctica. ¿Quién garantiza que esa escrupulosidad de inhibirse en la Mesa de Contratación no va a quedar condicionada por el hecho de que su sustituto en ella le deba alguna gratitud y disciplina en el staff?

4. Lo normal en estos procedimientos es que los secretarios generales, si les parece oportuno, deleguen en los subsecretarios, pero no en cualquier director general. Ya me contará alguien qué conocimiento ha de tener el director general de la Agencia Tributaria Regional acerca del mejor modelo de gestión de la televisión autonómica. A no ser que la clave esté en que sea ‘funcionario de carrera’, como se apostilla (como si ser ‘funcionario de carrera’ habilitara para cualquier especialidad al margen de la propia), cosa que al parecer no es la secretaria general, algo que llama mucho la atención, pues Carrillo no es licenciada en Derecho ni en Economía (capacitación lógica para un cargo de las características del suyo), lo cual pone de manifiesto que su currículo es exclusivamente político. Tanto es así que el nuevo consejero de Hacienda, Luis Alberto Marín, aun siendo un alto cargo elegido a dedo para la dirección regional del PP, ha admitido en sus círculos personales que no ha podido nombrar para su equipo en la consejería a las personas que él hubiera deseado. Está rodeado de ejecutivos de su querido exconsejero Javier Celdrán, y no hay más que ver los tuits alabanciosos de la secretaria Carrillo al núcleo duro del PP, haciendo méritos. Pero los verdaderos méritos, aparte del torrente verbal de agradecimientos, consisten en interpretar, en su caso, lo que la dirigencia del partido pretende en relación al concurso de la televisión autonómica. Lo cual exige, en su caso, una cierta sofisticación: inhibirse por incompatibilidad personal, pero delegar en quien sepa decidir en su lugar de acuerdo a lo implícitamente previsto. Se puede decir de otra manera: la secretaria general debería remitir a su consejero la decisión sobre quién habría de sustituirla en la Mesa de Contratación en vez de endorsársela por su cuenta a un director general que lo es gracias a que ella le ha dejado el hueco para su acceso.

4. Cuando el currículo es exclusivamente político, es decir, cuando el ascenso desde una concejalía de tu pueblo hasta la secretaría general de Hacienda del Gobierno regional se debe a méritos establecidos en el sistema de promoción interna de la adhesión al PP, la apelación a las incompatibilidades con empresas concursantes a las ofertas de la Administración regional, sean cuales sean tales empresas, es casi una ironía, pues no hay murciano informado que no sepa qué empresa es la favorita del Gobierno.

5. Lo normal, y creo que esto ya está dicho, pero conviene subrayarlo, es que si una secretaria general se ha de inhibir para presidir un concurso público, debiera devolver la decisión sobre quién ha de sustituirla al consejero, no al sustituto en el cargo que ella antes ocupaba, y menos si todavía no ha tomado posesión del suyo. En realidad, la pirámide de la delegación de funciones empieza en el responsable del departamento, que ya vemos que en este caso también se inhibe, tal vez porque sus servicios jurídicos hayan podido dar con una fórmula de ingeniería administrativa con la que nos sorprenderán, porque aquí todo es posible después de que una miembro de la Mesa haya hecho pública su resolución de manera anticipada y contra todas las normas establecidas para estos casos.

6. La última anotación sobre el caso sería, si pretendiéramos recrearnos, enormemente divertida. Vean: la secretaria general de Hacienda renuncia a presidir la Mesa de Contratación por algún tipo de incompatibilidad: alguien de su entorno tiene intereses en el contrato de la televisión autonómica. Sin embargo, lo más evidente es que la secretaria general de Presidencia del Gobierno regional, con rango de consejera, Mar Moreno, es la esposa de Antonio Peñarrubia, director general de una de las empresas concursantes del Grupo Secuoya, y ahí nadie parece ver una incompatibilidad manifiesta. Admitamos que el gesto de Sonia Carrillo ha hecho más evidente la previsibilidad del tocomocho.