Se veía venir. Sánchez tenía que cumplir con las promesas hechas a los independentistas catalanes. Quien manda, manda, y los demás a obedecer, parece pensar. Y eso que en octubre del 2019, en plena campaña electoral general, hablaba de «cumplimiento íntegro de las penas». Cosas de Sánchez. Sin embargo, no tiene en cuenta que no solo son los jueces los que se oponen a esa medida de gracia, sino que es la mayoría de la sociedad española, incluida parte de la catalana. No aprende de lo sucedido en las elecciones autonómicas de la Comunidad de Madrid. Mucho me temo que esta vez no va de farol, ni siquiera se trataría de un globo sonda para tomar el pulso a los españoles y a los medios de comunicación, como en otras ocasiones ha efectuado. Es simplemente cuestión de pagar facturas y seguir contando con el apoyo de los independentistas para poder gobernar, podrían pensar los mal pensados. Yo no desde luego.

El indulto es efectivamente una medida de gracia, y como tal es facultad del Ejecutivo. Ahora bien, ello no significa que se pueda hacer lo que se quiera, sin ningún control, ni sin el más mínimo respeto a unos razonamientos o justificaciones para su concesión. Es decir, no cabe la arbitrariedad, o sí. Veamos: Sánchez defiende los indultos frente a ‘venganzas o revanchas’. Se trataría solo de fomentar la concordia y el buen rollo entre los españoles. Sin embargo, el Tribunal Supremo, por unanimidad de su Sala Segunda, se opone a los mismos por entender que no existen razones de justicia, equidad y utilidad pública que los justifiquen. No existe, afirma, la más mínima prueba o el más débil indicio de arrepentimiento. Las razones del Gobierno desenfocan el sentido del indulto porque dibujan una responsabilidad penal colectiva y pretenden corregir la sentencia del Supremo. Insiste éste en que no se les condenó por sus ideas, sino por delinquir. No son presos políticos, sino políticos presos, por mucho que se trate de desvirtuar al Código Penal y a los delitos que tipifica.

El informe del Tribunal no es vinculante, por lo que el Ejecutivo hará lo que quiera, que para eso es una medida de gracia. Sin embargo, el informe de los jueces en contra del indulto, impide que éste en su caso sea total. Por lo que solamente podría ser concedido parcialmente, conmutando la pena por otra menos grave o quitando parte de la misma.

El Supremo, antes de emitir su informe concedió a los condenados la posibilidad de expresar por escrito sus opiniones. De todos ellos, solo Jordi Cuixart y Santi Vila, lo hicieron y más desafortunados el primero de ellos no puedo estar: si se dieran las mismas circunstancias, volvería a hacer lo mismo. Con lo cual ha dejado bien claro, como otros muchos de ellos han afirmado, que de arrepentimiento nada de nada. Imaginen que un condenado por robo o por homicidio, expresara: cuando se den las mismas circunstancias, vuelvo a robar o a matar, ¿debería ser indultado? Los que no son socios del Gobierno han dicho que van a recurrir a la Sala Tercera del Supremo (contenciosa-administrativa) la decisión de conceder los indultos. En el año 2013, esa Sala rebajó la arbitrariedad del Gobierno para conceder indultos con informes en contra, como sucede en este caso que los hay tanto de la fiscalía (lo que le honra por su independencia demostrada) y de los jueces. Esa sentencia, anuló un indulto concedido por el gobierno de Rajoy a un conductor kamikaze que mató a un joven, y al que le conmutaron la pena impuesta de 13 años de cárcel, por otra de dos años de multa.

En definitiva: no se trata de venganza, ni tampoco de corporativismo judicial, ni siquiera de mantener y no enmendar, si no simplemente de cumplir con los requisitos legales, sin arbitrariedad.