Hoy más que nunca adquieren sentido las palabra religión y fe. Nuestra Constitución en su articulo 6 garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley. Ninguna confesión tiene carácter estatal. Es decir, España es aconfesional pero no laica, puesto que en definitiva apoya a todas las confesiones religiosas al proclamar que los poderes públicos mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones. No obstante, debo reconocer que no todo el mundo se muestra de acuerdo con esta afirmación. Hay quien sostiene que se está ante un laicismo. puesto que, en definitiva, con lo que establece la Constitución, puede entenderse que el Estado español es neutral en materia de religión, al tratar por igual a los creyentes y a los no creyentes, evitando la discriminación por cuestiones religiosas

Lo único indudable es que no estamos ante un Estado confesional, pues no existe discriminación alguna en relación a cualquier profesión religiosa, e incluso para las personas que se proclaman ateas. Lo cual no es óbice para que especialmente se cite a la religión católica por la Constitución y tampoco que existan especiales pactos con la religión católica, que no se producen con otras religiones reconocidas por el Estado español. La cita de la religión católica de forma expresa y la celebración de determinados concordatos con la Santa Sede lo único que reflejan es el sentir mayoritario religioso de la población española que se pronuncia como católica. Y su mayor exponente es la celebración durante estos días de la Pasión, Muerte y Resurrección de Jesucristo, a pesar de que la manifestación más popular de la misma, como son las procesiones, repletas de penitentes, con la exhibición pública de esas creencias, reflejadas en diferentes imágenes del Nuevo y del Antiguo Testamento, por las calles de las diferentes ciudades de España, un año más no pueda celebrarse. Cada ciudad con sus peculiaridades específicas. Desde la sobriedad castellana o cartagenera, hasta la más bulliciosa o alegre de la capital murciana, sin olvidar la espectacular visión lorquina de los sentimientos religiosos. Sin lugar a dudas. por tanto, estamos ante un Estado que apoya a una concreta religión, con respeto a las demás confesiones religiosas, por lo que no se puede considerar que sea laico sino más bien aconfesional.

Hoy, alcanzan estas creencias cristianas su máximo exponente, cuando a las tres de la tarde, junto a Dimas y Gestas, de un viernes 3 de abril, el Salvador fue crucificado en el monte del Calvario o Gólgota, sito en los exteriores de las murallas de Jerusalén (hoy se encuentra dentro de la iglesia del Santo Sepulcro). Fue el resultado de la celebración de un juicio en el que el Derecho de Gentes, a la sazón reinante en esos momentos, sufrió múltiples conculcaciones en aras a la cobardía, al miedo y al interés de unos cuantos. Se le condenó a muerte por blasfemo al declararse Mesías o Hijo de Dios. Sin embargo, para dar sentido a lo padecido, al tercer día resucitó. Tres días, a contar desde que murió, el día anterior al sábado de la Pascua (paso de la muerte a la vida) judía, aunque en realidad solo estuvo en el sepulcro ese sábado, resucitando al día siguiente, según queda acreditado no solo por la fe, sino también por testigos, el sepulcro vacío y sus apariciones posteriores.