N ada tranquila ante la incongruencia del cierre de instalaciones públicas y apertura de instalaciones privadas. En base al decreto de Alcaldía Presidencia de 15 enero 2021 ante la cual se suspende toda la actividad física deportiva que no esté sujeta a parámetros de competición nacional en todas las categorías y modalidades, en las instalaciones deportivas municipales de Murcia tanto abiertas como cerradas. ¿Todas son todas?

Las instalaciones José Barnés para la práctica de tenis quedan cerradas, pero las del Club de Tenis que están contiguas a éstas prosiguen con su actividad.

¿Cómo se le explica a un niño apasionado por un deporte que en estas pistas públicas no puedes jugar pero en aquellas privadas sí?

Creo que si la normativa sanitaria impide practicar actividades deportivas ha de ser independiente a la titularidad pública o privada. En ambas instalaciones se oferta actividad deportiva al aire libre siguiendo con el protocolo del Consejo Superior de Deportes (CSD), el cual señala que los centros y clubes deportivos deberán controlar los accesos y la temperatura de quienes entren al recinto y contar con material de desinfección y aislamiento así como las limitaciones que recoge el BOE respecto a aforo, medidas de higiene, turnos y otros condicionantes.

No alcanzo a entender la diferencia entre ambas instalaciones. ¿Acaso en las instalaciones privadas se está exento de contagio de Covid? Para nada mis pretensiones son ´fastidiar' a los clubes privados; tan solo pretendo que se aplique el derecho de igualdad, dado que estamos tratando un mismo deporte en unas pistas contiguas, un deporte que se realiza al aire libre y con todos los protocolos que así lo requieren. Además, consta que otros deportes también están sufriendo esta desigualdad.