En la nueva normalidad en la que nos encontramos tras el levantamiento del estado de alarma, y las sucesivas fases de adaptación vital al escenario global creado por el covid-19, en nuestro país se han ido tomando diversas medidas para intentar evitar, en la medida de lo posible, nuevos contagios y, con ellos, nuevos fallecimientos.

Entre las muchas medidas adoptadas para evitar esos posibles nuevos contagios, tanto a nivel estatal como autonómico o local, además de la distancia social, el uso de mascarilla, geles y guantes, la limitación de aforos, reuniones, y otras, se ha tomado una muy importante por las diversas Administraciones. Dicha medida fundamental tomada por las Administraciones públicas (entendidas éstas en sus diversas formas: Ayuntamientos, entes locales, corporaciones de derecho público, autonómicas, estatales, etc.) es la supresión generalizada de la atención presencial al ciudadano, derivándolo a la atención telefónica y telemática, fomentando el teletrabajo de los funcionarios.

Así, por ejemplo, durante la campaña de la renta se suprimieron todas las citas previas presenciales y se realizaron telefónicamente; del mismo modo, si se quiere transferir un vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico se ha de hacer telemáticamente, así como la petición de certificaciones de cualquier tipo.

Pero, sin solución de continuidad, y sin más razón aparente que el afán recaudatorio de esas mismas Administraciones, por parte de la Delegación de Hacienda, una vez acabada la campaña de la renta, se vuelve a atender presencialmente para gestionar sanciones, liquidaciones complementarias y otros pagos; por parte de la Jefatura Provincial de Tráfico sí se atiende presencialmente para la notificación y pago de sanciones; no hay problema alguno en acudir a la Hacienda regional a liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones o el impuesto de transmisiones patrimoniales, a fin de que el ciudadano sepa a ciencia cierta a cuánto asciende el impuesto que le quiere cobrar la Comunidad autónoma; ni se contagia nadie si hay que acudir a las oficinas municipales correspondientes a liquidar el impuesto de plusvalía, por ejemplo.

Nótese que en este caso todas las Administraciones (nacional, autonómica, local) siguen el mismo criterio: si se trata de recaudar y pagar impuestos y/o sanciones, la atención presencial no es un riesgo de contagio del covid-19 hacia sus funcionarios, pero si se trata de solucionar gestiones de esos mismos ciudadanos, el riesgo es tan evidente que sólo se les puede atender telefónica o telemáticamente.

A ello hay que unir que por parte de las Administraciones que gestionan el tráfico rodado se está ocultando de forma maliciosa e intencionada al ministerio de Sanidad y a los distintos responsables sanitarios que existe algún producto o elemento que evita el contagio de forma total, porque si no, no se explica que no haya problema alguno en que el estacionamiento controlado por la ORA siga funcionando (ya que no pasa nada ni se producen contagios porque cualquier ciudadano toque los botones de expedición de tickets, que no se desinfectan tras cada uso) o en hacer, como así ocurre los fines de semana, macrocontroles de alcoholemia por parte de la Guardia Civil de Tráfico, donde todos los ciudadanos que son sometidos a las pruebas de detección de alcohol en aire expirado soplan en el mismo aparato, al que sólo se le cambia la boquilla, pero no pasa nada porque introduzcan en el mismo su aire y su saliva, ni pasa nada cuando, al intentar soplar (fuerte) aspiran aire del interior del etilómetro, tragando así el aire y la saliva del anterior usuario.

Y en este último caso es evidente que algo sabe la dirección general de Tráfico que oculta a las autoridades sanitarias, puesto que cuando se realizan las pruebas no se informa a los usuarios que comparten el aire expirado con el de otros usuarios, todo ello sin necesidad de desinfectar el interior del etilómetro, y sobre todo, porque, si hubiera algún riesgo de contagio no harían estos macrocontroles indiscriminados, ya que negarse a realizar las pruebas de alcoholemia es un delito de desobediencia castigado con hasta un año de prisión y retirada del carnet de conducir hasta cuatro años.

Por si acaso, recomiendo en estos casos que el agente que les haga las pruebas les entregue un documento en el que se hace responsable de un posible contagio, y asume las consecuencias legales de esa acción, pero no se nieguen a realizar las pruebas.

Mientras tanto, seguiremos sin riesgo de contagio cuando de pagar impuestos y sanciones se trate, pues está claro que eso no supone ningún problema ni para la población en general ni para los funcionarios en particular.