Apelamos al sentido común, al bien común, a la solidaridad entre regiones y al deseo de levantar la maltrecha economía que ha dejado esta terrible pandemia, para hacer una petición, exigencia, deseo y necesidad de que todos los productos que se vendan en grandes superficies, tiendas de alimentación, en plazas de abastos, fruterías, verdulerías y hasta en mercadillos, cumplan con los criterios de trazabilidad que, para los alimentarios y su industria existen en Europa y que son de obligado cumplimiento por la norma EC 178/2002.

La trazabilidad de un producto consiste en un conjunto de medidas, acciones y procedimientos que permiten registrar e identificar cada producto desde su origen hasta su destino final. Hay tres clases de trazabilidad: la Ascendente, la de Procesos, y la Descendente. Para que la trazabilidad sea real han de cumplirse las tres.

La Ascendente, aplicada a los productos alimentarios, la explicaremos con un ejemplo: de una ternera habría que señalar su origen, lugar de crianza, proveedor, fecha del sacrificio, registro, lote y caducidad.

La trazabilidad de Procesos indicaría la transformación de la materia prima en la industria. Ejemplo: un yogur. Ingredientes, cantidades, procesos (de temperatura, presión) y resultado final.

Y trazabilidad Descendente, que consiste en la información de la distribución final al cliente, fecha de salida, etc. Este requisito es absolutamente necesario y obligatorio en la industria alimentaria en general, y no se cumple porque la información que implica ha de constar en lugares visibles para todo el mundo y sin inducir a error, como podría suceder que en un producto envasado; lo único que se vea bien es dónde se envasa, no su origen.

De forma que la normativa europea citada anteriormente ha de completarse con la inspección y vigilancia constante de su total cumplimiento.

Este proceso, tan necesario en los productos alimenticios, ha de ser implantado obligatoriamente para más productos y se ha de crear una normativa europea para ello, especialmente para los medicamentos, pues como bien saben farmacéuticos y expertos científicos, los principios activos de prácticamente todos los fármacos que se fabrican y se consumen en Europa proceden de China, donde los estándares de calidad no son los europeos, y su nivel de exigencia deja mucho que desear. Es absolutamente urgente la creación de una normativa similar a la alimentaria para los medicamentos a fin de evitar casos como los que se llevan produciendo desde hace mucho.

Cuando se publica una lista de fármacos, o de determinados lotes, donde se indica que se retiran de la venta, es porque, probablemente, se ha producido algún problema grave con el principio activo llegado de China.

Tanto en la cuestión alimentaria como en la farmaceútica, los ciudadanos somos extremadamente sensibles por lo necesarias que son las buenas praxis para la salud, y tenemos el derecho de comprar alimentos y fármacos con la seguridad necesaria, que nunca será suficiente. Y que, sin quererlo ni saberlo, estemos tomando frutas, hortalizas, verduras y legumbres de otros países de los que desconocemos hasta los pesticidas permitidos, o si se riegan con aguas residuales, por ejemplo. Que la opción a elegir exista, es opinable, ya que cuando la calidad de los que se producen aquí es superior, ¿por qué muchas veces no se encuentra, habiendo suficiente producción para nuestro abastecimiento? Y, al contrario, los procedentes de otros países: tomates de Marruecos, naranjas de Sudáfrica, etc.; están por todos lados, cuando lo que queremos la mayoría es colaborar consumiendo nuestros productos que ofrecen una buenísima calidad. Y que la exigencia del cumplimiento de la trazabilidad no implique aumento de los precios.

Entre todos hemos de salir adelante, pero 'el cliente siempre tiene la razón', y en esto, más. Y los gobernantes tienen la obligación de salvaguardar los derechos de los gobernados, de los que los referidos a la salud son los primeros.