Entre tanto vaivén político el mundo sigue girando. Restan 202 días para que el 30 de junio, entre en vigor la totalidad de la ley 20/2011 que regula el funcionamiento y organización de los Registros Civiles en España. Una ley de enorme polémica, como demuestra el amplio periodo de su entrada en vigor que va desde 2011 hasta 2020, y en el que se han ido sucediendo continuas reformas y derivaciones en el tiempo.

Una de las principales polémicas, pero no la única, es que esta entrada en vigor va a suponer, si no lo remediamos, que los actuales once registros civiles ubicados en juzgados de instrucción y los 34 ubicados en juzgados de paz, repartidos por los 45 municipios de la región, quedarán reducidos a uno solo con sede en la capital murciana, por efecto de su artículo 22.1. Este mismo artículo prevé que, en el caso de la Región de Murcia y dado que carecemos de competencias en la materia, el ministerio de Justicia podría crear una Oficina General del Registro Civil más por cada 500.000 habitantes.

Así que, imaginemos a un vecino de cualquier municipio de la región desplazándose a Murcia para hacer las gestiones del Registro Civil que hoy puede hacer en su localidad y de forma gratuita; o bien pagando a una gestoría o despacho de abogados, si no domina, como le ocurre a la mayoría de la población mayor, la gestión telemática que con seguridad se impondrá. La necesaria modernización de la gestión de la Administración no puede hacerse a costa de acabar con un servicio público, gratuito, de proximidad y gestionado por funcionarios públicos de la administración de Justicia o municipal.

A esta reforma impulsada por el PSOE, se añadieron otras con firma del PP como el intento privatizador que supuso la propuesta de transferencia de la gestión de los Registros Civiles a los registradores mercantiles y la posibilidad de la introducción, a la larga, de tasas por las gestiones que siempre han sido gratuitas. La presión social y sindical, así como la oposición en el Congreso de los Diputados ante la minoría del PP han conseguido prórrogas sobre la implantación de la primera y la eliminación de la segunda.

Sin embargo, la espada de Damocles que supone el artículo 22.1 sigue presente y caerá inexorablemente el 30 de junio, a menos que nos propongamos lo contrario.