El Constitucional prohíbe recopilar datos políticos de los votantes para crear perfiles ideológicos. Ha tumbado, a propuesta del Defensor del Pueblo (para que después digan que no sirve para nada) el artículo 58 bis apartado primero, de la Ley Orgánica del Régimen Electoral 5/1985, de 19 de junio, porque vulnera los principios constitucionales de libertad ideológica (artículo 16), participación política (artículo 23.1) y protección de datos personales artículo 18.4).

El Tribunal Constitucional ha prohibido que los partidos políticos recopilen datos sobre las opiniones políticas de los ciudadanos y los utilicen, una vez obtenidos de páginas webs y otras fuentes de acceso público, para la realización de actividades políticas durante el periodo electoral. Dicho artículo, ahora anulado por el Constitucional, consideraba amparada en el interés público, la recopilación de datos sobre la ideología de los internautas por parte de los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales, para la realización de actividades de propaganda electoral.

Me encanta tanta protección del ciudadano. Lástima que no pasara lo mismo cuando unos presos salen de la cárcel para ir a jurar o prometer al Parlamento, en su condición de diputados electos, y se les permite que digan 'por imperativo legal', 'como republicano que soy' y. sobre todo, 'preso político'. Con lo fácil que hubiera sido tenerlos por no juramentado o prometido, por falta de formalidad en la prestación del compromiso legalmente obligatorio con una fórmula determinada y no la que usted le dé la gana.

Menos mal que el Reglamento de las Cortes estaba al quite de esta situación y había previsto, la suspensión de los diputados presos hasta que sean absueltos, en su caso, tras la celebración del juicio. Suspensión que al final se hizo, no sin antes tratar de mandar la responsabilidad al Tribunal Supremo, que por el mismo conducto de su recibo, de revés en paralelo, lo devolvió para que fuera el Congreso de los Diputados a través de sus órganos directivos, quien cumpliera la ley y tomara la decisión marcada de suspenderlos cautelarmente. Lo que unido a la más que probable condena de cárcel para los mismos, pues si no ya estarían en libertad, a la pena además, de inhabilitación para el ejercicio de un cargo público, puede suceder que el recorrido independentista, republicano y rebelde se les haya acabado ya definitivamente.

No es que me alegre, pero no tendría sentido que se esté metiendo en la cárcel a ciudadanos por delitos menores y los más graves, no se vean juzgados y sentenciados. Otra cosa es que ellos mismos que son los encargados de cambiar las leyes, lo hagan por considerarlas injustas. Cambiar de Monarquía a República como sistema de Estado es posible. Y principalmente, cambiar el estado de las autonomías, para permitir una federación de Estados donde cada actual Comunidad Autónoma sea independiente, también. Así que manos a la obra si es que el pueblo español quiere eso, que no lo creo, pero desde luego un menos de un cincuenta por cientos de los ciudadanos de una determinada parte del País, puede decidir sobre el resto del mismo.

El tambor también somos tropa y sin nosotros no se desfila. Por lo que imponernos a todos lo que una minoría quiere, no solo es antidemocrático sino también presuntamente delictivo. Ya lo dirá el Tribunal Supremo y casi seguro también Estrasburgo, pues imagino que agotarán todas las vías legales de recursos permitidos, aunque ya Europa le ha anticipado algo de lo que piensa no permitiéndoles entrar a los prófugos a su Parlamento.