Hay discusiones, diferencias, convivencias, como quieran ustedes llamarlo en muchas cosas de la vida, política, religión, amor/odio?Y la más destacable de ellas, donde la línea de separación no es nada sencilla, es la libertad de expresión, la dignidad, el honor y la intimidad personal. Derechos que por estar todos ellos amparados constitucionalmente mayor relieve adquieren. Hasta ahora parece que la libertad de expresión iba ganando por goleada, dependiendo del carácter público o no del personaje en cuestión. Aunque hay que reconocer que los tribunales a programas tales como "Aquí hay tomate" les ha puesto las peras al cuarto. Lástima que lleguen esas sentencias tan tarde que ni el programa ya existe. Y desde luego no se ha generado una conciencia social ni jurídica, pues sus sucesores siguen "salvándonos" a diario con un éxito de audiencia, solo digno del cotilleo puro y duro y la alegría del mal ajeno.

Lo último de lo último en esta materia ha venido no de manos del cotilleo sino de algo más serio y trágico como son las muertes por grupos terroristas y su tuiteo. El Tribunal Supremo ha sentado como jurisprudencia que el discurso del odio de ninguna manera puede estar protegido por la libertad ideológica o de expresión. Y especifica que no se trata de penalizar el chiste fácil o de mal gusto, ni se trata de criminalizar las opiniones discrepantes, sino que el objetivo es combatir las actuaciones de aquellos que realizan un grave quebranto en el régimen de libertades y daño en la paz de la comunidad y atentan contra el sistema democrático establecido. Y es que una cosa son las bromas o comentario inapropiados y feos de narices y otra cosa es que eso sea delito, ya sean unos calificativos soeces, unos comentarios jocosos de mala sombra o simplemente una broma telefónica de mal gusto que genera violencia psíquica e incluso a veces casi física

Y es que una de las misiones esenciales de los tribunales Supremo y Constitucional es no solamente confirmar o revocar sentencias de órganos judiciales, sino también crear jurisprudencia para saber por dónde andamos y dónde está la línea del respeto a la dignidad de la persona en general y el derecho a la libre expresión de los ciudadanos. Por eso tengo curiosidad por saber que va a decir ese Tribunal Supremo cuando uno de sus miembros precisamente de la Sala que tiene que decidir ha demandado al director de la web Nueva Revolución y al articulista que publicó en respuesta a un tuit sobre los comentarios de dicho togado acerca de la dificultad de atajar los crímenes machistas, según decían había dicho y que le llevo a llamarle presuntamente esa web "burro con toga" e "imbécil" Eso es libertad de expresión o ataca a la dignidad o al honor de dicho magistrado.

Quiero saberlo porque no es unánime la forma de encajar las expresiones o acusaciones incluso de acoso laboral por los propios jueces. Cada uno tiene su librillo o sus tragaderas. Aunque a tal efecto nuevamente el supremo ha exigido para que se configure e el delito de hostigamiento o "stalking" en su Pleno de la Sala d lo Penal el reciente ocho de mayo, que el acoso sea permanente en el tiempo o al menos que sea apreciable, no bastando unos meros episodios más o menos intensos o numerosos pero concentrados en unos días y sin nítidos visos de continuidad que además no supongan una repercusión en los hábitos de la victima

Lo dicho las líneas son casi tan difusas como las ideas de los indecisos.